Periódico Oficial No. 37 Primera Sección, Septiembre 15 del 2021 Página 5
UC. Unidad Central de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo.
UR. Unidad Regional de la Oficina del Servicio Nacional de Empleo.
Trabajador en activo. Persona que tienen un empleo y tienen registro vigente en el IMSS.
Vacante. Puesto de trabajo u oferta de empleo ofrecido por los Empleadores a los Buscadores de Trabajo.
Los términos y abreviaturas antes indicados también serán aplicables a sus respectivos plurales y/o singulares.
Artículo 2. Objetivo General
Desarrollar conocimiento y habilidades en un corto plazo, que ayuden a la inserción en un empleo formal o el
desarrollo de alguna actividad productiva por cuenta propia. Este programa se implementa a través de las
modalidades: capacitación y formación con empresas, capacitación para el autoempleo y capacitación para la
continuidad laboral.
Artículo 3. Población Objetivo
La población potencial del Programa, población económicamente activa en plena búsqueda de empleo o
población inactiva disponible, con excepción de los empleadores, trabajadores por cuenta propia y personas
trabajadoras subordinadas formales que no están en condiciones críticas de ocupación y que no buscan trabajo.
Artículo 4. Cobertura
El Programa de Capacitación a la Empleabilidad cubrirá los 60 municipios del Estado de Tlaxcala.
Artículo 5. Gratuidad de los programas, servicios y estrategias
La prestación de los servicios y la entrega de apoyos económicos será gratuita, una vez cumplidos los requisitos
y documentación establecida, por lo que la OSNE no deberá cobrar cantidad alguna ya sea en dinero o en
especie, ni impondrá a los buscadores de trabajo y personas beneficiarias alguna obligación o la realización de
servicios personales, así como tampoco condiciones de carácter electoral o político.
Artículo 6. Convocatoria
El Programa se ejecuta de acuerdo a la demanda y presupuesto asignado; en virtud de ello, las OSNE deberán
publicar en un lugar visible en las Unidades Regionales y Oficina Central dentro de los primeros treinta días
hábiles posteriores a la publicación de las presentes reglas, una convocatoria abierta para fomentar la
participación de la población objetivo.
Artículo 7. Planeación
OSNE. Programa Anual de Trabajo.