Victoria, Tam., jueves 23 de septiembre de 2021
Periódico Oficial
Página 18
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
5965.- Septiembre 23.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha
dieciséis de agosto del año en curso, ordenó la radicación
del Expediente Número 00916/2021, relativo al Juicio
Sucesorio Intestamentario a bienes de DOLORES
MALDONADO LÓPEZ, denunciado por VÍCTOR TOMAS
ENRÍQUEZ MALDONADO, NELLY DIANA ENRÍQUEZ
MALDONADO,
ZULMA
SUGEIH
ENRÍQUEZ
MALDONADO, KARLA ENRÍQUEZ MALDONADO Y JOSÉ
TOMAS ENRÍQUEZ ARICIAGA.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 19 de agosto de 2021.- El C.
Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria Proyectista en
funciones de Secretaria de Acuerdos, LIC. CINTHYA
GISSELLE PEREZ MARTÍNEZ.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
5966.- Septiembre 23.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha
diecinueve de agosto del año en curso, ordenó la
radicación del Expediente Número 00945/2021, relativo al
Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de CYNTHIA
LILIANA ARRATIA MORENO, denunciado por SAMUEL
SALATIEL ROCHA CARMONA.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 25 de agosto de 2021.- El C.
Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria Proyectista en
funciones de Secretaria de Acuerdos, LIC. CINTHYA
GISSELLE PEREZ MARTÍNEZ.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
5967.- Septiembre 23.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha
veintitrés de agosto del año en curso, ordenó la radicación
del Expediente Número 00963/2021, relativo al Juicio
Sucesorio Intestamentario a bienes de ISMAEL BAUTISTA
LUMBRERAS, denunciado por MA DE LOS ÁNGELES
MARTÍNEZ PEREZ.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 25 de agosto de 2021.- El C.
Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria Proyectista en
funciones de Secretaria de Acuerdos, LIC. CINTHYA
GISSELLE PEREZ MARTÍNEZ.