Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 28 de septiembre de 2021
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III.
La manifestación de intención deberá de presentarse en el siguiente formato:
Para el cargo de gobernador o gobernadora, en el Formato IETAM-CI-F1.
IV. A la manifestación de intención deberá acompañarse la siguiente documentación y archivos:
a) Copia fotostática simple y legible del anverso y reverso de la Credencial para Votar vigente de la
persona solicitante al cargo de gobernadora o gobernador, así como de los designados para oír y
recibir notificaciones, representante legal, encargado de las finanzas y el responsable de nombrar a
sus representantes ante los órganos del INE y del IETAM;
b) Original o copia certificada del acta constitutiva debidamente protocolizada ante Notaría Pública, que
acredite la creación de la persona moral constituida en asociación civil, misma que deberá estar
integrada, por lo menos, con las siguientes personas: la aspirante propietaria a la candidatura
independiente, la representante legal y la encargada de la administración de los recursos;
c) Certificado de registro de inscripción del acta constitutiva ante el Instituto Registral y Catastral de
Tamaulipas;
d) Constancia de registro de inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria;
e) Copia del contrato de servicios o estado de cuenta, de las tres cuentas bancarias a nombre de la
persona moral, a través de las cuales se recibirá y administrará el financiamiento público, las
aportaciones de simpatizantes y los ingresos por autofinanciamiento, respectivamente, las cuales
serán utilizadas desde el inicio de los actos tendentes a obtener el apoyo ciudadano y, en su caso,
hasta la conclusión de las campañas electorales y con posterioridad exclusivamente para cubrir los
pasivos contraídos y demás erogaciones, debiéndose cancelar una vez que concluyan los
procedimientos de fiscalización conforme a la Ley General y el Reglamento aplicable;
f) En dispositivo de almacenamiento, USB o disco compacto, emblema y color o colores que lo
caractericen y diferencien de los partidos políticos y de las demás candidaturas independientes, con
las siguientes características:
Archivo: Corel Draw; ilustrador o formato PDF (editable) y con vectores.
Colores: En Cuatricromía [C = Cyan (cian), M = Magenta (magenta), Y = Yellow (amarillo), K =
Black o Key (negro)].
Tipografía: Incluir fuente, (tipo de letra) si lleva texto.
A fin de evitar que los emblemas y colores utilizados por las candidaturas independientes no sean
análogos a los de los partidos políticos estatales o nacionales acreditados ante el IETAM, en el Anexo
IETAM-CI-A1, se establecerán los emblemas y colores de los mismos.
CUARTA: PLAZOS PARA RECABAR EL APOYO CIUDADANO
Del 05 de enero al 13 de febrero del año 2022
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, las personas que adquieran la calidad de aspirantes, podrán
realizar los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano en el porcentaje requerido, por medios distintos a la
radio y la televisión.
En la obtención de apoyo ciudadano las personas aspirantes podrán realizar reuniones públicas, asambleas,
marchas y actividades dirigidas a la ciudadanía, siempre y cuando los mismos no constituyan actos anticipados
de campaña.
QUINTA: TOPE DE GASTOS EN LA ETAPA DE OBTENCIÓN DEL APOYO CIUDADANO
La etapa de la obtención del apoyo ciudadano deberá ser financiada con recursos privados de procedencia lícita,
provenientes de las aportaciones del aspirante, de sus simpatizantes y por autofinanciamiento, mismo que
deberá de ajustarse a los topes de gastos, en los siguientes términos:
Cargo
Tope de gastos durante la
etapa de obtención de apoyo
ciudadano en el Proceso
Electoral Ordinario 2021-2022
Límite de aportación
individual de
candidaturas
independientes
Límite de
aportación
individual de
simpatizantes
Gubernatura
$ 10´337,943.00
$ 1,033,794.00
$ 51,690.00
Las personas aspirantes que rebasen el tope de gastos, perderán el derecho a ser registrados a la candidatura
independiente, o si cuenta con el registro, se cancelará el mismo.
Entre el 14 de febrero al 22 de marzo de 2022 se expedirán las declaratorias de registro a las personas
aspirantes que hayan cumplido el porcentaje de apoyo ciudadano requerido.
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Las fechas de la etapa para recabar el apoyo ciudadano están sujetas a cambios derivado a la resolución que en el momento procesal oportuno
se emita el Consejo General del INE con motivo del expediente INE/SE/AT 02/2021, mediante el cual el Instituto Nacional Electoral, realiza las
acciones necesarias a fin de iniciar la sustanciación del procedimiento para ejercer la facultad de ATRACCIÓN para determinar una fecha única
para la conclusión del periodo de precampañas, así como el relativo para recabar el apoyo ciudadano, para las candidaturas independientes, para
los procesos electorales locales 2021-2022 que habrán de celebrarse en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas,
así como lo relativo a modificar el periodo de campaña, en el caso específico de Quintana Roo.