Además de documento que suscribe bajo protesta de decir verdad que se acredita estar en pleno ejercicio de sus
derechos políticos y civiles;
II.
Cuenta con 47 años de edad, lo cual se acredita con el acta de nacimiento descrita en la fracción I;
III. Acredita ser Licenciada en Derecho, mediante título profesional signado por la Universidad de Colima, con fecha
02 de marzo de 1999, así como con cédula profesional número 2888420 expedida por la Secretaria de Educación
Pública, Dirección General de Profesiones;
IV. Acredita gozar de buena fama pública, a través de la Constancia de NO antecedentes penales, emitida por el
Director General del Sistema Estatal Penitenciario, de fecha 13 de septiembre de 2021; y
V.
Acredita con la constancia de residencia con número de oficio SE.CO.2131/202, de fecha 10 de septiembre de
2021, expedida por la Secretaría del H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima, y deja demostrado que tiene su
residencia en el municipio de Villa de Álvarez.
QUINTO.- Para esta Comisión dictaminadora, resulta importante hacer notar que la Lic. Lilia Hernández Flores, cuenta con
gran experiencia en temas de Impartición de Justicia, y una extensa carrera judicial, misma que a continuación se detalla:
Secretaria Actuaria del Juzgado Mixto Civil, Familiar y Mercantil de Villa de Álvarez.
Primera Secretaria de Acuerdos Juzgado Mixto, Civil y Familiar Colima.
Secretaria de Acuerdos de la Sala Mixta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Proyectista Jurídico, Sala Mixta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Secretaria General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Proyectista Jurídico, Sala Mixta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.
Juez Mixto en materia Familiar y Mercantil y después Juez Mixto en materia Familiar y Civil, de Manzanillo, Colima.
Juez Tercero en materia Familiar en Colima, Colima.
Por lo anteriormente expuesto se expide el siguiente:
A C U E R D O No. 76
PRIMERO.- Se aprueba la renuncia presentada por el Dr. Mario de la Madrid Andrade, remitida por el pleno del Supremo
Tribunal de Justicia, con fundamento en la fracción XXX del artículo 34 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Colima, por lo que debe emitirse un nuevo nombramiento.
SEGUNDO.- Se aprueba el nombramiento que el titular del Poder Ejecutivo del Estado, ha hecho en favor de la C. Lilia
Hernández Flores, como Magistrada Propietaria del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, hasta el día 13 de julio de
2024, y a partir de la fecha en que rinda la protesta de Ley ante el Congreso del Estado.
TERCERO.- Esta Soberanía deberá tomar la protesta de ley a la Lic. Lilia Hernández Flores, como Magistrada Propietaria
del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Colima, conforme a lo establecido por el artículo 75 de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Colima.
CUARTO.- Por conducto de la Oficialía Mayor de este Honorable Congreso del Estado, cítese a la Lic. Lilia Hernández
Flores, a fin de que se le tome la protesta de ley correspondiente.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor
a partir de su aprobación, y deberá ser publicado en el Periódico Oficial “El
Estado de Colima”.
El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.
Dado en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, a los 27 veintisiete días del mes de septiembre de 2021 dos mil veintiuno.
DIP. MA. REMEDIOS OLIVERA OROZCO
SECRETARIA
Firma.
DIP. MARTHA ALICIA MEZA OREGÓN
SECRETARIA
Firma.
EL ESTADO DE COLIMA
- 5 -