IV. Acredita gozar de buena fama pública, a través de la Constancia de NO antecedentes penales, emitida por el
Director General del Sistema Estatal Penitenciario, de fecha 24 de septiembre de 2021, secuencia 714810.
- El C. ROBERTO RUBIO FLORES.-
I.
Es mexicano por nacimiento, tal como lo acredita con acta de nacimiento con número 633856, expedida por el
Juez del Registro Civil del Distrito Federal. Además de documento que suscribe bajo protesta de decir verdad
que se acredita estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
II.
Cuenta con 43 años de edad, lo cual se acredita con el acta de nacimiento descrita en la fracción I.
III. Acredita ser Licenciado en Derecho, mediante título profesional otorgado por la Universidad de Colima, con
fecha 19 de noviembre de 2001, así como cédula profesional número 3613482 expedida por la Secretaría de
Educación Pública, Dirección General de Profesiones. Sin embargo, a pesar de su amplia trayectoria profesional
del derecho, no acredita de manera fehaciente contar con experiencia en materia laboral.
IV. Acredita gozar de buena fama pública, a través de la Constancia de NO antecedentes penales, número 253518,
emitida por el Director General del Sistema Estatal Penitenciario, de fecha 24 de septiembre de 2021.
CUARTO.- Esta Comisión dictaminadora, observa que de las constancias y experiencias profesionales y académicas de
los participantes, se desprende que dos de ellos, los CC. Héctor Javier Peña Meza y Roberto Rubio Flores, no lograron
acreditar su experiencia en materia laboral, lo cual es un requisito sine qua non para ser designado como Magistrado del
Tribunal de Arbitraje y Escalafón, según lo establecido por el artículo 153 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del
Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, con relación al artículo 34 fracción XIII de
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; en razón de los siguientes puntos:
- El C. HECTOR JAVIER PEÑA MEZA.-
Actualmente se desempeña como Asesor Jurídico Federal y Encargado del Centro de Atención a Víctimas en
el Estado de Colima.
Se desempeñó como oficial ministerial auxiliar Ministerio Público Federal , encargado de la Unidad de Atención
Inmediata de la Subsede en Manzanillo, Colima en el Sistema Acusatorio Penal de la Procuraduría General de
la República.
Se desempeñó como abogado litigante integrante en el despacho jurídico Servicios Jurídicos Integrales
"SERJURI".
Colaboró como asesor jurídico y prestador servicios de profesionales externo en el programa de
Transversalidad del Instituto Nacional de Desarrollo Social (INDESOL) al Instituto Colimense de las Mujeres del
Gobierno del Estado de Colima.
Tuvo nombramiento como Sub Director Jurídico del Centro de Reinserción Social de Manzanillo, Colima
(CERESO) de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado de Colima.
Trabajó como abogado postulante en el despacho jur
ídico denominado “SERJURI" (Servicios Jurídicos
Integrales) la asesoría y representación legal, empresarial-legal, cobranza extrajudicial y judicial.
Abogado integrante de la comisión para la creación del proyecto del Reglamento de Zonificación para el Estado
de Colima dependiente del Instituto de Planeación del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima IPCO bajo la
Dirección de la Arquitecta Gisela Méndez realizando labores de derecho parlamentario realizando actividades
de organización y funcionamiento interno del mismo Instituto.
Se desempeñó como ejecutivo de cobranza extrajudicial en el despacho de recuperación de crédito y
financiamiento “Arredondo y Asociados” con sede en Monterrey, Nuevo León.
-
El C. ROBERTO RUBIO FLORES.-
Actualmente se encuentra en el desempeño libre de la abogacía, como Abogado Director en el Despacho
“Jurídica Rubio”.
Fungió como Secretario Técnico de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios del Congreso
del Estado de Colima.
Colaboro como asesor jurídico de la Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima.
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EL ESTADO DE COLIMA