De igual forma se otorga además la fianza BKY-0024-0065607, expedida por BERKLEY INTERNATIONAL FIANZAS
MEXICO, S.A. DE C.V., por la cantidad de $ 1´400,933.45 (Un millón cuatrocientos mil novecientos treinta y tres pesos
45/100 M.N.) de fecha 19 de Enero del 2021, a favor del H. Ayuntamiento de Colima, misma que garantizará las obras
faltantes de urbanización de las Etapas 3, 4 y 5.
OCTAVO. Notifíquese al urbanizador que para efectos de incorporar etapas posteriores a la que se autoriza, deberá cumplir
con la debida ejecución de las obras faltantes, tal y como lo señala el artículo 328 inciso f), de la Ley de Asentamientos
Humanos del Estado de Colima.
NOVENO. Notifíquese al urbanizador que de conformidad con el artículo 267 de la Ley de Asentamientos Humanos del
Estado de Colima, y 134 del Reglamento de Zonificación para el Municipio de Colima cuenta con un plazo de 30 días hábiles
para formalizar la integración de las áreas de cesión para destinos al Patrimonio Municipal, misma que se realizará a título
gratuito, mediante escritura pública otorgada por el promotor de la obra, la cual quedará inscrita en el Registro Público de
la Propiedad y del Comercio.
El acuerdo de la Incorporación Municipal Anticipada consta en el OCTAVO PUNTO del Acta N° 140 correspondiente a
la Sesión Ordinaria que celebró el H. Cabildo el día 21 de Septiembre de 2021.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
C.P. LEONCIO ALFONSO MORÁN SÁNCHEZ
Firma.
LA SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO
LICDA. SANDRA VIVIANA RAMÍREZ ANGUIANO
Firma.
EL ESTADO DE COLIMA
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