Martes 5 de octubre de 2021
Sección Primera
Tomo: CCXII No. 65
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II. Organizar y realizar actividades de investigación en las áreas en las que ofrezca educación, atendiendo fundamentalmente los problemas
estatales, regionales y nacionales, en relación con las necesidades del desarrollo socioeconómico de la entidad; y
III. Formar individuos con actitud científica, creativos, con espíritu emprendedor, innovador, orientados al logro y a la superación personal
permanente, solidarios, sensibles a las realidades humanas, integrados efectivamente y comprometidos con el progreso del ser humano,
del país y del Estado.
La primera estructura de organización del organismo fue aprobada por la Secretaría de Finanzas del Gobierno Estatal en el mes de febrero
de 2010, la cual se integró por cuatro unidades administrativas (una rectoría, un abogado general, una dirección de área y un
departamento).
Posteriormente, en febrero de 2011 la Secretaría de Finanzas autorizó una reestructuración administrativa a la Universidad, en la que se
creó la Secretaría Particular, la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, una Dirección de Área y nueve
Departamentos, así como la desconcentración de 22 Unidades de Estudios Superiores.
Así, la segunda estructura de organización de este organismo descentralizado quedó integrada por 15 unidades administrativas: una
Rectoría, una Secretaría Particular, un Abogado General, una Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación, dos
Direcciones de Área y nueve Departamentos, así como por 22 Unidades de Estudios Superiores desconcentradas.
En noviembre de 2012 la Secretaría de Finanzas autorizó una nueva reestructuración administrativa a la Universidad, la cual consistió en la
creación del Centro de Formación y Desarrollo en Nutrición y de cuatro Unidades de Estudios Superiores más, las cuales se ubicaron en los
municipios de Ecatepec, Ixtapaluca, Tepotzotlán y Temascalcingo, con el propósito de atender la demanda de los jóvenes de la zona
geográfica de su competencia que pretenden concluir sus estudios de educación superior. Por lo cual, la tercera estructura de organización
de esta Institución educativa quedó integrada por el mismo número de unidades administrativas (15), 26 Unidades de Estudios Superiores y
un Centro de Formación y Desarrollo en Nutrición.
Día a día se incrementa la demanda en el Estado de México y la zona conurbada donde la juventud solicita los servicios educativos en
todos sus niveles y modalidades, por lo que el gobierno se ha dado a la tarea de impulsar la creación y desarrollo de instituciones de
educación que diversifiquen sus opciones para atender las características y condiciones regionales; por otra parte, la dinámica de la
administración pública estatal hace necesario modernizar las estructuras de organización de las dependencias y organismos auxiliares, a fin
de dotarlas de mayor capacidad para ejecutar sus planes, proyectos y procesos de trabajo. Por ende, es preciso ampliar, innovar y crear
nuevas carreras para la cobertura de la educación superior y vincular estos servicios educativos del nivel con el aparato productivo de la
región donde se ubiquen.
En junio de 2014 la Secretaría de Finanzas autorizó una reestructuración administrativa a la Universidad, la cual consistió en la creación de
nueve unidades administrativas: una Contraloría Interna, dos Subdirecciones, seis Departamentos, y dos Unidades de Estudios Superiores,
así como el cambio de denominación de una y la readscripción de cuatro, por lo que la nueva estructura de organización quedó integrada
por 24 unidades administrativas: una Rectoría, una Secretaría Particular, un Abogado General, una Unidad de Información, Planeación,
Programación y Evaluación, una Contraloría Interna, dos Direcciones de Área, dos Subdirecciones y 15 Departamentos, así como por 28
Unidades de Estudios Superiores y un Centro de Formación y Desarrollo en Nutrición.
En junio de 2015 la Secretaría de Finanzas autorizó una reestructuración administrativa a la Universidad, la cual consistió en la creación de
la Unidad de Estudios Superiores de Villa del Carbón; por lo que la estructura de organización quedó integrada por las mismas 24 unidades
administrativas.
Asimismo, en agosto de 2016, la Universidad Mexiquense del Bicentenario consideró procedente actualizar los objetivos y funciones de las
unidades administrativas que lo integran, a fin dar cumplimiento y atención al Proceso de Certificación en la Norma Mexicana NMX-R-025-
SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, así como dar respuesta a las necesidades que la misma dinámica educativa v a
exigiendo y por ende, estar a la vanguardia para seguir logrando los objetivos, metas, proyectos y programas establecidos en el plan de
trabajo.
En mayo de 2017, la Secretaría de Finanzas autoriza una nueva estructura de organización a la Universidad, donde se crean siete unidades
administrativas: la Unidad de Tecnologías de la Información; tres subdirecciones, la Subdirección de Servicios Educativos, la Subdirección
Académica y de Investigación y la Subdirección de Finanzas; la Coordinación de Unidades de Estudios Superiores; dos departamentos, el
Departamento de Evaluación y Calidad Institucional y el Departamento de Contabilidad; asimismo se crea la Unidad de Estudios Superiores
para Adultos y Adultos Mayores y se cambian de denominación el Departamento de Investigación por Departamento de Estudios de
Posgrado e Investigación.
El 24 de abril de 2017, se pu
blicaron en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” reformas a la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México; y el 30 de mayo de 2017 a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; en esta última fecha
también se expide la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios y la Ley del Sistema Anticorrupción del
Estado de México y Municipios, donde se establece la figura del Órgano Interno de Control como la unidad administrativa encargada de
promover, evaluar y fortalecer el buen funcionamiento del control interno de los entes públicos, competente para aplicar las leyes en materia
de responsabilidades de las personas servidoras públicas, cuyos titulares dependen jerárquica y funcionalmente de la Secretaría de la
Contraloría.
Por otra part
e, el 10 de mayo de 2018 se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el Decreto Número 309, por el que se
reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Públic a del Estado de México, la Ley de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México y la Ley de Igualdad de Trato y O portunidades entre Mujeres y Hombres del
Estado de México.
Así, el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México menciona que las Dependencias del Ejecutivo y los
Organismos Auxiliares deberán conducir sus actividades bajo el principio de igualdad de género, en forma programada y con base en las