PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Septiembre 21 de 2021
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE,.
JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DEL SEGUNDO
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO. Avenida Puerto de
Campeche, s/n por Miramontes Fraccionamiento Santa
Isabel Ciudad del Carmen, Campeche.
Cédula de notificación por periódico oficial:
ESTELA BINEY AVILA MARTINEZ
En el expediente número 107/20-2021/1F-II, relativo al
juicio ordinario civil de Divorcio Incausado Por Domicilio
Ignorado que promueve el C. Miguel Segovia López en
contra de la C. Estela Biney Ávila Martínez; la juez dictó
un auto que a la letra dice:
Con esta fecha 15 de abril de 2021 (quince de abril de dos
mil veintiuno), se da cuenta a la C. Juez con el escrito del
Lic. Luis Antonio Gutiérrez Torrez, recibido por oficialía
mayor el día 24 de marzo de 2021 y ante este juzgado el
día 25 del mismo mes y año en curso. Conste.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
RAMO FAMILIAR DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL
DEL ESTADO.- Ciudad del Carmen, Campeche, a
diecinueve de abril de dos mil veintiuno.
VISTOS: Con que da cuenta la Secretaria que antecede:
Se tiene por presentado al Licenciado Luis Antonio
Gutiérrez Torrez, mediante el cual solicita sea notificada
la C. ESTELA BINEY AVILA MARTINEZ, a juicio por
medio del periódico oficial, toda vez que ha quedado
acreditado la ignorancia del domicilio de la demandada
en mención; al respecto
SE PROVEE: Se acumula a los
presentes los autos el escrito de cuenta, para que obre
conforme a derecho corresponda, en atención al mismo
y observándose de autos que recabaron los medios
necesarios para la localización de la C. ESTELA BINEY
AVILA MARTINEZ, y en vista a los informes rendidos por
varias dependencias donde informan que no encontraron
registro alguno, y toda vez que no fue posible emplazar
a la C. ESTELA BINEY AVILA MARTINEZ, en tal razón
procédase a emplazar a la demandada ESTELA BINEY
AVILA MARTINEZ, el auto de fecha dieciséis de octubre
de dos mil veinte, por medio del Periódico Oficial del
Gobierno Constitucional del Estado de Campeche,
publicando esta determinación por tres veces en el
espacio de quince días, a efecto de que en el término
de TREINTA DÍAS, a partir de la última publicación
comparezca ante este Juzgado a dar contestación
septiembre de 2023, se integrará de la siguiente manera:
Comisión de Administración.
Presidente: MAGISTRADA MAESTRA VIRGINIA LETICIA LIZAMA CENTURIÓN.
Consejera: Maestra Inés de la Cruz Zúñiga Ortiz, Integrante.
Consejero: Magistrado Maestro Leonardo de Jesús Cú Pensabé, Integrante.
Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial del Estado, en los estrados de la Secretaría Ejecutiva, de
los Juzgados, así como en las áreas administrativas, órganos auxiliares, auxiliares de la administración de justicia,
auxiliares administrativos, direcciones, coordinaciones, departamentos, centros y/o centrales; y en el Portal de
Transparencia del Poder Judicial del Estado de Campeche.
Comuníquese el presente Acuerdo General al Gobernador del Estado, al Honorable Congreso del
Estado, al Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, a la Secretaría General de Gobierno,
al Instituto de Acceso a la Justicia del Estado de Campeche, a la Secretaría de Trabajo y Previsión
Social del Estado de Campeche, al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Campeche, a la
Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado
de Campeche y a la Junta Especial número uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de
Campeche, con residencia en Ciudad del Carmen, así como a los Juzgados de Distrito y al Tribunal
Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, a los Juzgados de Distrito Especializados en Materia de
Trabajo en el Estado de Campeche, al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en el Estado,
para los efectos a que haya lugar. Cúmplase…”.
Reitero a usted las seguridades de mi distinguida consideración.
A T E N T A M E N T E.- San Francisco de Campeche, Campeche, a 20 de septiembre de 2021.- LA SECRETARIA
EJECUTIVA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, DOCTORA CONCEPCIÓN
DEL CARMEN CANTO SANTOS.- Rúbrica.