10.
Av. Arco de Constantino; comprendida por la vialidad que da frente al lote 1 y lateral al lote 2 de la manzana 412; así
como lateral a los lotes 1 y 2 de la manzana 416; frente a los lotes del 1 al 4 de la manzana 419; frente a los lotes del
1 al 4 de la manzana 422 y lateral a los lotes 1 y 2 de la manzana 425.
OCTAVO. Que conforme a lo establecido en el artículo 351 de la ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, se
levantó el Acta Administrativa de la visita técnica realizada el día 13 de Julio del 2021, en las ETAPAS 1A y 2A del
fraccionamiento denominado “PUERTA DEL VALLE”, desarrollado por los CC. ANGEL Y/O MARCO ANTONIO
RODRIGUEZ AHUMADA, observándose lo siguiente:
A) Que las redes del Fraccionamiento fueron realizadas conforme a proyecto autorizado y supervisadas por el organismo
operador (CIAPACOV), tal como se especifica en las Actas de fecha 29 de Abril del 2019 y 12 de Diciembre del
2019, correspondientes a las Etapas 1A y 2A respectivamente; en las cuales se hace constar la Entrega-Recepción
de las obras de introducción de servicios correspondientes a las redes de agua potable, tomas domiciliarias, red de
alcantarillado sanitario y descargas domiciliarias del
Fraccionamiento “PUERTA DEL VALLE”.
B) Que se encuentran en buenas condiciones y están operando de manera eficiente los empedrados, banquetas y
guarniciones, así como las nomenclaturas y pasacalles; dichas obras fueron supervisadas por la Dirección de Obras
Públicas y Planeación, a través de la Dirección de Mantenimiento; quedando el Dictamen de Liberación de Obras
Públicas, identificado con Memorándum No. 02-DGOPyP-DM-396/2021 de fecha 18 de agosto del 2021.
C) Se hace constar que se ha cumplido en su totalidad con las especificaciones y lineamientos requeridos, así como la
construcción de la red de distribución, de acuerdo al proyecto autorizado, referente a las calles propias de las ETAPAS
1A Y 2A del
Fraccionamiento “PUERTA DEL VALLE” mismas que fueron supervisadas por la Comisión Federal de
Electricidad (CFE), haciéndose constar en Oficios identificados como CC-045/2018 de fecha 19 de Febrero del 2018 y
CC-233/2018 de fecha 29 de Noviembre del 2018.
D) Que se hace constar que ha cumplido en su totalidad con las especificaciones y lineamientos requeridos, mismas que
fueron supervisadas por la Dirección General de Servicios Públicos, a través de la Dirección de Alumbrado Público;
quedando el Dictamen de Liberación de servicios públicos, identificado con Of. N° 02-DGSPM-DAP-211/2021 de fecha
24 de mayo del 2021, haciéndose constar la Validación de la infraestructura de alumbrado público de las etapas 1A y
2A del Fraccionamiento “PUERTA DEL VALLE”.
E) Que la Dirección General de Servicios Públicos, a través de la Dirección de Parques y Jardines del H. Ayuntamiento
de Colima, hace constar la validación del estado físico e infraestructura en áreas verdes de las etapas 1A y 2A del
Fraccionamiento “PUERTA DEL VALLE” quedando el Dictamen de Liberación de Servicios Públicos, identificado
como Oficio DGSPM-DPYJ-324/2021 de fecha 15 de Junio del 2021.
F) Que se encuentran realizados los trabajos de arborización y jardinería en el área por municipalizar.
G) Que el señalamiento en vialidades vehiculares y peatonales existe en el área por municipalizar.
H) Que se encuentra edificado más del 50% de las etapas a municipalizar, mismo que se documenta con los certificados
de habitabilidad y terminación de obra.
I)
Que el urbanizador llevó a cabo la escrituración de las áreas de cesión a favor del H. Ayuntamiento Constitucional de
Colima de los predios 02-01-03-412-001-000 y 02-01-03-412-002-000 de los cuales da fe el Titular de la Notaria
Pública N° 3, el Lic. Carlos de la Madrid Guedea, en Colima, Col, según consta en las escrituras 80,553 y 80,554
respectivamente; ambas de fecha 13 de Septiembre de 2017; tal y como lo señala el artículo 267 de la Ley de
Asentamientos Humanos del Estado de Colima.
J) Que posteriormente se llevó a cabo la Modificación al Programa Parcial de Urbanización y la Rectificación a la
Modificación al Programa Parcial de Urbanización del
fraccionamiento “PUERTA DEL VALLE” publicados en el
Periódico Oficial “El Estado de Colima” los días 21 de septiembre del 2019 y 28 de marzo del 2020 respectivamente.
K) Que el urbanizador, otorga la fianza No. BKY-0024-0047357 expedida por BERKLEY INTERNATIONAL FIANZAS
MÉXICO, S.A. DE C.V., por la cantidad de: $ 404,618.64 (CUATROCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS
DIECIOCHO PESOS 64/100 M.N.) de fecha 15 de junio de 2020, a favor del H. Ayuntamiento de Colima, misma que
garantizará las obras y vicios ocultos de urbanización de las Etapas 1A y 2A por un plazo no menor de dos años de
conformidad con el Artículo 351 (Reformado, P.O. 4 de octubre de 1997), de la Ley de Asentamientos Humanos del
Estado de Colima.
NOVENO. Que de conformidad con los artículos 346 y 347 de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, se
determina que el Ayuntamiento tiene como atribución acordar la Municipalización, con el propósito de que haga la entrega
EL ESTADO DE COLIMA
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