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PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
25 de Octubre de 2021
Alcance
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Artículo 17.- El Comité Evaluador elegirá a los veintitrés seleccionados, emitiendo un listado, a efecto de informar
quien se desempeñará como Presidente o Presidenta, Síndicos o Sindicas, Regidores y Regidoras del Cabildo
Infantil, así como quien fungirá en la Secretaría.
Artículo 18.- La selección de los integrantes del Cabildo Infantil y de la Secretaría, será realizada por el Comité
Evaluador a más tardar el día: 15 de Marzo de cada año y será notificado al Pleno del Ayuntamiento de Pachuca
de Soto, así como a todos los participantes de la convocatoria.
CAPÍTULO IV
De la Instalación
Artículo 19.- El Cabildo Infantil se instalará en sesión pública solemne, el primer día hábil del mes de Abril de
cada año. Para tal efecto, las niñas y niños seleccionados deben acreditarse ante la Secretaría de Desarrollo
Humano y Social, a más tardar seis días con anticipación a la sesión correspondiente.
La Secretaría de Desarrollo Humano y Social, dará cuenta y registro de dichas acreditaciones al Ayuntamiento y
expedirá y distribuirá con toda anticipación las invitaciones y comunicaciones respectivas.
Artículo 20.- La sesión solemne de toma de protesta e instalación del Cabildo Infantil, se desarrollará conforme
a lo siguiente:
I.- Se inicia la sesión en el lugar y hora que se señale de ese día, con la asistencia de las y los integrantes del
Ayuntamiento y comprobado el quórum legal, se dará lectura y la aprobación del orden del día
.
II.- A continuación se declarará en receso la sesión, designándose las comisiones protocolarias que se requieran
para trasladar y acompañar hasta el recinto, a los integrantes del Cabildo Infantil.
III.- La Presidenta o Presidente Municipal, rendirá la protesta simbólica en los siguientes términos:
"Protestan cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Reglamento del Cabildo Infantil del Municipio de Pachuca
de Soto, Hidalgo; así como los acuerdos y disposiciones dictadas por el Cabildo Infantil y desempeñar leal y
patrióticamente el cargo que el Comité Evaluador les ha conferido, mirando en todo por el bien de la niñez
pachuqueña”.
A lo cual la o el Presidente, las o los Síndicos y las y los Regidores levantando la mano dirán: "Sí protesto."
La o el Presidente Municipal agregará: "Si así lo hicieren, que las niñas y los niños pachuqueños os lo premie y
si no, os lo demande".
V.- Una vez rendida la protesta, la o el Presidente Municipal hará la declaratoria formal de que ha quedado
legítimamente instalado el Cabildo Infantil para el año que le corresponda.
VI.- A continuación, se declarará en receso la sesión para que los integrantes del Cabildo Infantil ocupen sus
lugares correspondientes, quedando solo la Presidenta o Presidente Municipal;
VII.- Acto seguido, se concederá el uso de la palabra a la Presidenta o Presidente Municipal para que emita su
mensaje;
VIII.- Posteriormente, se concederá el uso de la palabra a la o el Presidente del Cabildo Infantil para que emita
su mensaje; y
IX.- Se clausurará la sesión solemne, convocando para la siguiente sesión ordinaria del Cabildo Infantil.
Artículo 21.- Concluida la sesión de instalación, la niña o niño que funja en la Secretaría, notificará de inmediato
a los integrantes seleccionados ausentes, para que tome o tomen la protesta en la siguiente sesión ordinaria
ante el Cabildo Infantil.
Publicación
electrónica