Viernes 29 de octubre de 2021
Sección Primera
Tomo: CCXII No. 83
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considere suficientemente discutido y se someterá a consenso. En un segundo empate, la o el Presidente del Comité
tendrá voto de calidad.
Ningún integrante del Comité podrá ser interrumpido mientras tenga el uso de la palabra, a menos que se trate de una
moción de orden.
Vigésimo Quinto. De cada sesión del Comité se levantará un acta, la cual incluirá los asuntos tratados y los
acuerdos tomados.
Las personas integrantes del Comité firmarán el acta de dicha sesión, aceptando con ello el cumplimiento de los
compromisos contraídos.
Vigésimo Sexto. El acta de cada sesión deberá contener de manera enunciativa y no limitativa:
I.
Número de acta, incluyendo la palabra Acta y las siglas del Comité, el número consecutivo y el año;
II.
Lugar y fecha donde se efectuó la sesión y la hora de inicio;
III.
Asistentes a la reunión y la declaración de quórum;
IV.
Puntos del Orden del Día, en la secuencia en que fueron tratados;
V.
Acuerdos tomados, codificándose con un número, descripción, responsable y, en su caso, plazo para su
cumplimiento;
VI.
El número y la descripción de los acuerdos pendientes de cumplimiento;
VII.
Hora y fecha de conclusión de la sesión; y
VIII. Nombre y firma de las personas asistentes.
Vigésimo Séptimo. La o el Secretario del Comité enviará una copia del acta a cada una de las personas integrantes,
quienes le remitirán las observaciones que consideren pertinentes, en un plazo no mayor a cinco días hábiles
contados a partir de la fecha de su recepción.
De no recibir observaciones al acta correspondiente, se estará conforme con su contenido.
Cada acta del Comité, deberá ser firmada por las personas integrantes que asistieron a la sesión respectiva en la
sesión siguiente, aceptando con ello el cumplimiento de los acuerdos tomados.
TRANSITORIOS
PRIMERO.
Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. Los presentes Lineamientos Internos, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial "Gaceta del Gobierno" y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a los mismos o concluya
el programa.
TERCERO. Todo lo no previsto en los presentes Lineamientos Internos será resuelto por el Comité.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la ciudad de Toluca, Estado de México, a los días del mes de de 2021.-
LIC. FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA.- SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y
PRESIDENTE DEL COMITÉ DE ADMISIÓN Y SEGUIMIENTO.- RÚBRICA.
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido su uso para fines distintos al Desarrollo Social.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado ante las autoridades conforme a
lo que dispone la Ley de la materia”.