11 de noviembre de 2021
PERIÓDICO OFICIAL
Página 3
Para
conseguir
el
desarrollo
económico
sostenible,
las
sociedades
deberán
crear
las
condiciones necesarias para que las personas
accedan a empleos de calidad, estimulando la
economía sin dañar el medio ambiente. También
tendrá que haber oportunidades laborales para toda la
población en edad de trabajar, con condiciones de
trabajo decentes.
Que en el Plan Nacional de Desarrollo en su eje
“Política Social” considera que el objetivo más
importante del gobierno de la cuarta transformación es
que en 2024, la población de México esté viviendo en
un entorno de bienestar.
Así mismo se expresa que el gobierno federal
impulsará una nueva vía hacia el desarrollo para el
bienestar, una vía en la que la participación de la
sociedad resulta indispensable y que puede definirse
con el propósito de construir la modernidad desde
abajo, entre todos y sin excluir a nadie; hace
referencia a que las acciones que realicen por parte
del gobierno federal serán en beneficio de los más
desprotegidos y completamente garante de los
derechos que son inherentes a la persona. El
desarrollo sostenible es el factor indispensable del
bienestar, el gobierno tiene como prioridad empezar el
combate a la pobreza y la marginación por los
sectores más indefensos de la población.
Dentro del eje
general “Economía” es ineludible
para el gobierno federal impulsar la reactivación
económica y lograr que la economía vuelva a crecer a
tasas aceptables, para ello se requiere una estrategia
de creación masiva de empleos productivos.
Es
indispensable
diseñar,
desarrollar
e
implementar una política pública integral para
garantizar los derechos humanos, principalmente de
grupos vulnerables que históricamente han sido
excluidos y discriminados por encontrarse en
desventaja, rezago social y precariedad económica.
Que en el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024,
la política de desarrollo social del Gobierno del Estado
de Morelos centra su atención en reducir la brecha de
desigualdad en las personas y grupos sociales de
mayor vulnerabilidad, es decir, los grupos de población
que muestran
mayor
pobreza, marginación
y
exclusión, que incluyen de manera enunciativa a la
población
indígena,
mujeres,
niñas
y
niños,
adolescentes, personas adultas mayores, familiares de
migrantes, personas con discapacidad, personas
desempleadas, población residente en zonas con una
contingencia ambiental o económica, o bien zonas de
atención prioritaria, lo anterior para aumentar el
desarrollo humano.
Que la Ley de Desarrollo Social para el Estado
de Morelos señala que la materia “Desarrollo Social”
se entiende como un proceso de mecanismos y
políticas públicas permanentes, que genera las
condiciones para la integración plena de los
individuos, grupos y sectores de la sociedad,
comunidades y regiones al mejoramiento integral y
sustentable de sus capacidades productivas y su
calidad de vida que garantice el disfrute de los
derechos constitucionales, a fin de erradicar la
desigualdad social; para lo cual establece, entre sus
fines, lograr que la población del estado ejerza a
plenitud
el
conjunto
de
derechos
sociales
fundamentales y humanos. En este sentido, y
entendiendo que su aplicabilidad y mecánica de
implementación, se instrumenta a través de programas
sociales, entendidos como procesos dirigidos a
compensar
condiciones
de
desigualdad
social
mediante la entrega de un bien o una transferencia de
recursos, ya sea para cubrir una necesidad social o
para mejorar las capacidades productivas; estos
programas deberán establecer, que entre los derechos
de los beneficiarios, se deberá garantizar un trato
digno, respetuoso, de calidad, y así mismo los
mecanismos necesarios para acceder a la información
necesaria y suficiente. En este tenor, se establece
además que la participación de la población deberá
ser proactiva y no solo la recepción pasiva de los
servicios otorgados por los organismos públicos,
considerando que los bienes y servicios otorgados
deberán integrar lo económico, lo cultural, lo
ambiental, la igualdad y la perspectiva de género entre
otros, promoviendo la libertad individual y colectiva,
así como la igualdad social y la inclusión de grupos en
situación de vulnerabilidad con referentes distintos
como el género, la etnia, edad, religión, recursos
económicos, educación, capacidades físicas, entre
otros factores.
La Ley de Desarrollo Social establece que entre
los programas, proyectos y acciones prioritarios y de
interés público en la materia, se encuentran los
dirigidos a los grupos o sectores sociales en
situaciones de vulnerabilidad, los destinados a la
generación y conservación del empleo, así como a la
protección contra el desempleo, aquellos que impulsan
al sector social de la economía mediante acciones que
creen y consoliden empresas autosustentables y los
dirigidos a las personas en condiciones de pobreza,
marginación o en situación de vulnerabilidad.
Que la información recabada por el INEGI
derivada de los resultados de la Encuesta Nacional de
Ocupación y Empleo arroja la situación laboral del país
en marzo de 2021, en comparación con igual mes del
año pasado.