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PERIÓDICO OFICIAL
11 de noviembre de 2021
En marzo de 2021, la ENOEN reportó una Tasa
de Participación Económica que representa a la
Población Económicamente Activa (PEA) de 57.2% de
la población en edad para trabajar, 2.6 puntos
porcentuales inferior a la de marzo del año anterior.
Cabe destacar que las Tasas de Participación
Económica de hombres y mujeres resultaron de 74.3%
y 41.8%, respectivamente. La población ocupada
resultó de 53.8 millones de personas en marzo de
2021, cifra inferior en 2 millones de personas a la
reportada en el mismo mes del año anterior, la
población ocupada en jornadas de más de 48 horas
semanales, disminuyó en 1.5 millones de personas y
en jornadas de 35 a 48 horas semanales, tuvo un
descenso de 948 mil personas entre marzo de 2020 e
igual mes de 2021.
Que de acuerdo con los resultados de la
medición de la pobreza 2018, citados en el “Informe de
pobreza y evaluación 2020 Morelos” del Consejo
Nacional de Evaluación de la Política Social
(CONEVAL), en Morelos el 50.8% de la población de
la entidad vivía en situación de pobreza, es decir
1,013,300 personas aproximadamente, de este
universo, cerca de 866,400 personas estaban en
situación de pobreza moderada y aproximadamente
147,000 personas en pobreza extrema. El porcentaje
de pobreza en Morelos es 8.9 puntos porcentuales, es
mayor que el porcentaje nacional que asciende a 41.9
puntos porcentuales. En el mismo año, el porcentaje
de población vulnerable por carencias sociales en
Morelos, fue de 29.4%, aproximadamente 586,800
personas, que presentaron al menos una carencia;
alrededor de 114,400 personas pertenecían a la
población vulnerable por ingresos, es decir, no
contaban con ingresos económicos suficientes para
satisfacer sus necesidades básicas.
Que conforme a la información estadística, del
Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social (CONEVAL), informa que respecto a
las carencias sociales en la población, la carencia más
importante es la seguridad social con un 66.5% de la
población, seguida por la carencia de alimentación con
un 24.6% de la población; las siguientes y no menos
importantes, la carencia por servicios básicos de la
vivienda con 19.9%, carencia por rezago educativo
con 16.9%, carencia por acceso a los servicios de
salud con 16.9% y carencia por calidad y espacios de
la vivienda con 11.3%. Considerando una tendencia
de crecimiento, en todos los ámbitos y sectores de
desarrollo, la carencia por alimentación, se mantiene
en constante variación, directamente relacionada al
ingreso económico que tenga una persona y/o una
familia; en este sentido, y de acuerdo a las cifras
estimadas que nos otorga el CONEVAL, respecto a las
líneas de pobreza por ingresos en México, al mes de
junio de 2021, la canasta alimentaria, en el sector rural
alcanza un costo de $1,370.74 pesos por persona, y la
correspondiente en el sector urbano equivale a
$1,793.40 pesos por persona; por cuanto a la canasta
alimentaria y no alimentaria, en el sector rural equivale
a $2,636.95 pesos y en el sector urbano alcanza un
costo de $3,740.41 pesos por persona; en este
sentido, se requiere contar con los ingresos suficientes
para otorgar bienestar a los integrantes de la familia,
satisfaciendo las necesidades prioritarias respecto a la
alimentación, salud, educación, vivienda, vestido entre
otros.
Que el Indicador de la Tendencia Laboral de la
Pobreza (ITLP) que es un indicador trimestral que
muestra la proporción de personas a nivel nacional y
por estado que no pueden adquirir la canasta
alimentaria con el ingreso de su trabajo. Para
calcularlo el CONEVAL utiliza la Encuesta Nacional de
Ocupación y Empleo (ENOE) que realiza el Instituto
Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); debido a
la contingencia sanitaria se interrumpió la recolección
de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo
(ENOE) durante el segundo trimestre de 2020, por lo
que, a partir de septiembre de 2020, el Instituto
Nacional
de
Estadística
y
Geografía
(INEGI)
implementó la Encuesta Nacional de Ocupación y
Empleo denominada Nueva Edición (ENOEN ); por lo
que el 17 de mayo de 2021, el INEGI informó que, a
partir del primer trimestre de este año cambian las
estimaciones de población de la ENOEN con base en
el marco de muestreo de vivienda del Censo de
Población y Vivienda (CPV) 2020. Con este ajuste y la
información disponible en este periodo únicamente es
posible comparar el primer trimestre de 2021 con el
primer trimestre de 2020.
El porcentaje de la población con ingreso laboral
inferior al costo de la canasta alimentaria sirve como
señal preventiva de corto plazo sobre el poder
adquisitivo del ingreso laboral en los hogares. Esta
información posibilita la toma de decisiones con
información actualizada. En este sentido el porcentaje
de la población con ingreso laboral inferior al costo de
la canasta alimentaria nacional es en el primer
trimestre del año 2020 de 35.6%, en el año 2021,
39.4%, en el estado de Morelos el porcentaje de la
población con un ingreso laboral inferior al costo de la
canasta alimentaria fue en el año 2020, 45.9, en el
presente año se reportó en el primer trimestre de 48.3,
2.4 puntos porcentuales mayor que el año pasado.
A nivel nacional el ingreso laboral real per cápita
en el año 2020 fue de $1,919.84, mientras que en el
año 2021 fue de $1,827.39. En la entidad federativa
fue de $1,355.80 en el primer trimestre del año 2020,
en el presente año el ingreso laboral real per cápita
fue de $1,365.78; es cierto que en aquellos países con
un ingreso per cápita mayor existirán condiciones
materiales mucho mejores y ciertamente estas
condiciones se reflejarán en algún grado de bienestar.
Que la Ley de Igualdad de Derechos y
Oportunidades Entre Hombres y Mujeres en el Estado
de Morelos, señala que corresponde al Poder
Ejecutivo Estatal, entre otros aspectos, garantizar la
igualdad de oportunidades, mediante la adopción de
instrumentos compensatorios, tales como acciones
afirmativas en políticas, programas y proyectos;
entendiendo que las acciones afirmativas son el
conjunto de medidas de carácter temporal, correctivo,
compensatorio y de promoción encaminadas a
acelerar la igualdad de hecho entre mujeres y
hombres, aplicable en tanto subsista la discriminación,
la desigualdad de trato y de oportunidades, mismas
que deberán observar en todo momento los principios
generales del derecho así como las disposiciones
legales en la materia en las cuales se pretende aplicar
con el objeto de no causar un daño irreparable; en
este sentido, actualmente es esencial, encaminar
programas en materia de desarrollo social y
económico, con perspectiva de equidad de género,
entendiendo a esta como el principio conforme al cual
el hombre y la mujer acceden con justicia e igualdad al
uso, control y beneficios de los bienes y servicios de la
sociedad, con la finalidad de fomentar la creación de
estructuras solidarias a través de certificación de
competencias laborales que les permita generar
empleo a beneficio de la población morelense en
condiciones de pobreza.