12 de noviembre de 2021
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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8.- Coordinar acciones con las dependencias de la Jefatura de Gobierno competentes y el Instituto de Planeación
Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México para la realización y seguimiento a los procesos administrativos,
técnicos, urbanos, ambientales y de participación ciudadana, que establezcan los lineamientos establecidos por dicho
Instituto en la materia.
9.- Contribuir en la realización de talleres, foros y reuniones con la participación de los habitantes de la demarcación,
investigadores, especialistas y público en general, que permita recabar las opiniones, propuestas y sugerencias fundadas y
motivadas para la elaboración del programa de ordenamiento territorial y del desarrollo sustentable de la Alcaldía Tláhuac.
10.- Coordinar las acciones para la elaboración del programa de ordenamiento territorial sustentable de la Alcaldía Tláhuac,
con base en los lineamientos que establezca el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México,
el cual deberá someterse a opinión del consejo, para su remisión y aprobación por el Congreso Local.
11.- Coordinar el desarrollo de acciones para la regularización de los asentamientos humanos irregulares, que no se
encuentres ubicados en zonas de alto riesgo, de preservación ecológica o en propiedad privada, como se establece en la
constitución local; siempre que se ajusten a las disposiciones y lineamientos aplicables en la materia.
12.- Emitir opinión respecto de la creación y administración de reservas territoriales en la demarcación.
13.- Coordinar con el Gobierno de la Ciudad de México, acciones de vigilancia en suelo de conservación y áreas naturales
protegidas para que no sean ocupados de manera ilegal.
14.- Establecer acciones de gestión para la regularización, recuperación y/o asignación de los bienes del dominio público
que administra y ocupa para la realización de los servicios y usos públicos la Alcaldía Tláhuac, así como los espacios y vía
pública, en términos de las atribuciones, facultades y competencias que otorgan la Constitución Política de la Ciudad de
México y la legislación aplicable en la materia.
15.- Coadyuvar en las acciones para mantener y recuperar la posesión de bienes de dominio público, que detengan
particulares, en los casos en que estos formen parte del Patrimonio Inmobiliario del Gobierno de la Ciudad de México.
16.- Dar atención al Público en general en materia de regularización de la tenencia de la tierra.
17.- Coadyuvar con las diferentes instituciones locales y federales, en el diseño y ejecución de los programas de
regularización de la tenencia de la tierra.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se delega en el DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, el ejercicio directo de
las facultades y atribuciones siguientes:
1.- Autorizar el registro de las erogaciones realizadas, clasificándolas por objeto del gasto por unidad administrativa.
2.- Fijar el programa anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
3.- Emitir los contratos y convenios de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios.
4.- Fijar las políticas en materia de desarrollo y administración de personal, de organización, de sistemas administrativos,
de información y servicios generales.
5.- Coadyuvar en la prestación de Servicios de Apoyo que requieran las Unidades Administrativas y de Apoyo Técnico-
Operativo de la Alcaldía.
6.- Disponer los Juzgados Cívicos y los Juzgados del Registro Civil.
7.-Establecer e Incrementar relaciones de colaboración con organizaciones e instituciones cuyas finalidades sean de interés
para la comunidad.
8.-Proponer sistemas de orientación, información y quejas a través de un servicio de orientación telefónica y un portal de
Internet.