PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 29 de 2021
de Estadística y Geografía (INEGI) para el año dos mil
veintiuno, es de $89.62 (SON: OCHENTA Y NUEVE
PESOS 62/100 M.N.), de conformidad con el artículo 26,
penúltimo párrafo del apartado B, del decreto por el que se
declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones
de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de desindexación del salario
mínimo, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
10).- En cumplimiento a lo ordenado en la circular número
01/11-2012/S.C de fecha trece de junio del dos mil doce,
se les hace saber a las partes que en este Honorable
Tribunal Superior de Justicia del Estado, se encuentra en
disposición el “Centro de Justicia Alternativa” para el caso
de que deseen resolver sus diferencias que motivaron el
presente asunto a través de la Mediación o Conciliación.
11).- En cumplimiento con lo que establecen los artículos
16, párrafo primero y segundo de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 23, 113, fracción XI,
y 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información; 44, 113, fracción VII, y 123 de la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Estado de Campeche, se hace saber a los intervinientes
en los procesos que se tramitan en este juzgado, que
los datos personales que existan en los expedientes y
documentación relativa al mismo, se encuentran protegidos
por ser información confidencial, y para permitir el acceso
a esta información por diversas personas, se requiere que
el procedimiento jurisdiccional haya causado ejecutoria,
para no considerarse como información reservada, pero
además obtener el consentimiento expreso de los titulares
de estos datos, todo lo anterior sin perjuicio de lo que
determine el Comité de Transparencia.
12).- Ahora bien, y siendo que mediante ACUERDO
GENERAL NÚMERO 36/CJCAM/19-2020, DEL PLENO
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA LOCAL, POR EL
CUAL SE ESTABLECEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS
EN MATERIA DE NOTIFICACIONES, DERIVADO DE
LA REANUDACIÓN GRADUAL DE LAS FUNCIONES
Y ACTUACIONES JURISDICCIONALES EN EL PODER
JUDICIAL DEL ESTADO, en su punto dos que a la letra
versa:
Artículo 2. Con la finalidad de reactivar paulatinamente
las notificaciones de resoluciones y acuerdos a que
hace referencia el artículo anterior, y de salvaguardar al
personal del Poder Judicial del Estado, a los justiciables
y demás usuarios, se dispone que a partir del día 10 de
agosto de 2020, deberán publicarse diariamente las listas
de acuerdos y cédulas de notificación en los estrados
electrónicos, visibles en el apartado Tribunal Virtual de
la página web oficial del Poder Judicial del Estado, con
la finalidad de que los interesados puedan revisarlos de
manera oportuna, a fin de que se impongan a través
de ese medio electrónico, sin necesidad de acudir
presencialmente a las oficinas sedes.
Derivado de lo anteriormente expuesto, y en cumplimiento
al principio de economía procesal y prontitud en la
impartición de Justicia, preceptuado en el artículo 1 y 17
Constitucional, se requiere a ROBERTO PECH CU y LENY
PATRICIA CU EK, para que dentro del término concedido
en el párrafo que antecede se sirvan proporcionar su
número de teléfono fijo o móvil, así como su correo
electrónico vigente, ello, para los efectos legales a los que
haya lugar.
Asimismo, se le hace saber a las partes que podrán ingresar
a la página oficial de este Honorable Tribunal Superior
de Justicia del Estado, https://poderjudicialcampeche.
gob.mx en el apartado de SERVICIOS, y a la opción
de TRIBUNAL VIRTUAL, para efecto tramitar cita para
comparecer ante el despacho de este juzgado; y en
virtud dela contingencia sanitaria de salud debido al
Covid-19, se exhorta al justiciable así como su asesor
técnico adoptar las medidas de sana distancia, el uso
de cubre bocas y acatar las reglas de higiene dispuestas
por este Honorable Tribunal de Justicia del Estado, tales
como higiene, limpieza y de salud que han recomendado
las diversas instancias gubernamentales, con la finalidad
de evitar en la medida de lo posible la afluencia excesiva
de personas al edificio en que se localiza este órgano
jurisdiccional y en aras de evitar conglomeraciones, o en
su caso revisar las cédulas de estrados que se fijen en
los estrados virtuales de este juzgado, relativo de alguna
actuación del presente asunto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASI LO PROVEYO
Y FIRMA LA LICENCIADA
ÚRSULA MARCELA UC
MORAYTA MARTINEZ, JUEZA INTERINA DEL JUZGADO
TERCERO DE LO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO, ANTE
MI LA LICENCIADA
ELFFI CANDELARIA XEQUEB
RIOS, SECRETARIA DE ACUERDOS INTERINA QUE
CERTIFICA Y DA FE.
3).- Asimismo, se requiere a la MARIO IVÁN AYIL
HUICAB, para que dentro del mismo término señalado
en el punto dos de este auto, señale domicilio para oír y
recibir notificaciones de esta ciudad de San Francisco de
Campeche, Campeche, en la inteligencia de no hacerlo
así, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter
personal, se le harán mediante cédula de notificación que
se fijara por estrados de este juzgado, de conformidad
con lo señalado en los artículos 96 y 97 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado.
En virtud de lo señalado en líneas anteriores y dado lo
solicitado por el ocursante, de conformidad con el artículo
106 del Código de Procedimientos Civiles del Estado,
gírese atento oficio al Director del Periodico Oficial
del Estado, vía correo electrónico siendo este periodico.
oficial@campeche.gob.mx enviándole las cédula de
notificación por periódico oficial, para efecto de que
notifique a MARIO IVÁN AYIL HUICAB, que contiene el