i) No ser servidor público de la Federación, Estado y Municipio en ejercicio, así como de organismos
descentralizados o empresas de participación Estatal de los tres ámbitos de Gobierno, en los términos del
artículo 26 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; y
j) No estar en servicio activo de las fuerzas armadas o de los cuerpos de seguridad pública, a menos que se
separe del cargo un día antes del periodo del registro de candidatos.
QUINTA.- En caso de que los actuales integrantes de las Juntas Municipales, decidan participar en el proceso en
observancia a lo establecido por el artículo 6 del Reglamento para la Elección de Juntas y Comisarias en el Municipio de
Comala, y en ejercicio de su derecho a ser considerados para un segundo periodo, podrán registrarse formalmente en el
plazo en el que se encuentra abierta la presente Convocatoria, y comparecer en igualdad de condiciones que las demás
candidatas y candidatos.
Para tales efectos, deberán de separarse de sus funciones mediante renuncia al cargo que dirijan por escrito al H.
Cabildo de Comala, a más tardar un día antes del inicio del período de registro de candidatos.
SEXTA.- La elección de los integrantes de las Juntas Municipales se preparará de la siguiente forma:
a) El registro deberá solicitarse por escrito por ciudadanos de la comunidad ante la Secretaría del H. Ayuntamiento.
b) Dicha solicitud de registro deberá presentarse a partir del día miércoles 1 de diciembre de 2021 y teniendo como
fecha límite el día martes 7 de diciembre del mismo año, de las 9:00 a las 15:00 horas, en las oficinas que ocupa la
Secretaría del H. Ayuntamiento de Comala, ubicada en la Calle Leona Vicario número 1 de la zona centro de la
cabecera Municipal de Comala, Colima.
c) Los documentos que deberán acompañar la solicitud de registro y con los cuales se acreditará el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la base Cuarta de la presente convocatoria, deberán ser presentados por cada
candidato en copia fotostática simple y serán los siguientes:
1. Escrito libre señalando los nombres de las personas propuestas, edad, estado civil, lugar de nacimiento,
domicilio actual e indicando su carácter de propietario o suplente;
2. Dos fotografías tamaño credencial en blanco y negro;
3. Copia de acta de nacimiento;
4. Copia de credencial para votar vigente;
5. Constancias de residencia emitida por la presidencia municipal con una antigüedad no mayor a 30 días
naturales;
6. Constancia de estar inscrito en el listado nominal de electores del Instituto Nacional Electoral;
7. Carta de No antecedentes penales expedida por autoridad competente con una antigüedad no mayor a 30 días
naturales;
8. Escrito libre haciendo manifestaciones bajo protesta de decir verdad de que cumple con los requisitos
establecidos en la Base Cuarta incisos e), g), h), i) y j); y
9. Carta firmada por la persona aspirante o propuesta en donde manifieste su voluntad expresa de participar en el
proceso de elección y a su vez, que ha leído y acepta las bases, procedimientos y deliberaciones de la presente
convocatoria.
d) Durante el periodo de registro las planillas registradas podrán acreditar un representante en cada una de las mesas
receptoras, siempre que registren dicho nombramiento ante la Secretaría del Ayuntamiento, o más tardar 72 horas
antes de la elección; para lo cual deberán anexar copia simple de la credencial de elector vigente de la persona
acreditada, debiendo ser dicho representante residente de la comunidad de que se trate.
La Secretaría del Ayuntamiento extenderá a cada representante constancia de registro, con la cual deberá de
acreditarse el día de la elección ante el comisionado del H. Ayuntamiento de Comala encargado de la celebración
de la elección respectiva.
SÉPTIMA.- La Comisión Plural de Regidores aprobada por el H. Cabildo como encargada del proceso, verificará el
cumplimiento de los requisitos por parte de los integrantes de las planillas y el contenido correcto de los datos de las listas
de los ciudadanos que apoyan el registro, en caso de detectar alguna irregularidad en los documentos requeridos, o si los
propuestos no cumplen los requisitos respectivos, de inmediato lo harán de conocimiento al responsable del registro para
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