24 de Noviembre de 2021
Alcance Dos
PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
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II.
Personas expertas: Acreditar por medio de currículum vitae y/o reconocimientos, la calidad de persona
experta a nivel estatal, nacional o internacional en materia de derechos humanos, desaparición y
búsqueda de personas. Además, presentar copia de la identificación oficial.
III.
Organizaciones de la Sociedad Civil:
a.
Copia simple del acta constitutiva de la organización;
b.
Documento vigente que acredite la personalidad del representante o los representantes de la
organización;
c.
Identificación oficial vigente del representante o los representantes de la organización;
d.
Cédula de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la organización de la
sociedad civil; y
e.
Comprobante de domicilio legal de la organización de la sociedad civil.
CUARTA. RECEPCIÓN DE PROPUESTAS.
1. Las propuestas deberán presentarse adjuntando la documentación señalada en la Base Tercera, en las
oficinas que ocupa la Secretaría de Gobierno, ubicadas en Plaza Juárez S/N, segundo piso, colonia Centro, en
la Ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, en un horario de 9:00 a 20:00 horas.
2. El plazo de recepción de propuestas es de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
presentes Bases en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo.
3. La recepción de propuestas se hará únicamente de aquellas que presenten la documentación completa y con
las formalidades establecidas en las presentes Bases.
QUINTA. SEGUIMIENTO DE PROPUESTAS.
1. Una vez concluido el periodo de recepción de las propuestas, la Secretaría de Gobierno registrará las mismas
e integrará un expediente por cada persona postulada.
2. Hecho lo anterior, quedarán los expedientes en resguardo de dicha Secretaría para que en la página de internet
de esa dependencia y dentro de un término de tres días hábiles siguientes a partir de la conclusión del periodo
de recepción de las propuestas, se ponga a disposición de los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones
de la sociedad civil especializadas en la materia, la ficha curricular que contenga el perfil y el plan de trabajo de
las personas postuladas como candidatos, a efecto de que manifiesten sus observaciones respectivas con
relación a los mismos; lo anterior en cumplimiento a lo establecido en el artículo 97 de la Ley de Víctimas para el
Estado de Hidalgo, cuidando en todo momento los datos personales de los aspirantes, en términos de la ley de
la materia.
3. A partir de la puesta a disposición a que hace referencia el párrafo que antecede, y dentro de los cinco días
hábiles siguientes, los colectivos de víctimas, expertos y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la
materia, podrán remitir sus observaciones por escrito a la Secretaría de Gobierno respecto de las personas
postuladas como candidatos, en un horario de 9:00 a 20:00 horas, las cuales serán incorporadas a los
expedientes respectivos.
4. Concluido el plazo referido, la Secretaría de Gobierno remitirá al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de
Hidalgo, los expedientes de los candidatos postulados y que hayan cumplido con los requisitos señalados en las
presentes Bases, para los efectos de lo señalado en el artículo 97 de la Ley de Víctimas para el Estado de
Hidalgo.
5. El Titular del Poder Ejecutivo del Estado, remitirá al Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, para
su consideración, la terna para ocupar el cargo de titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del
Estado de Hidalgo, para los efectos de lo señalado en el artículo referido en el párrafo que antecede.
SEXTA. DE LA EMISIÓN DE NUEVA CONSULTA PÚBLICA.
1. En caso de que no se postulen candidatos para ocupar el cargo de titular de la Comisión Ejecutiva de Atención
a Víctimas del Estado de Hidalgo, el Titular del Poder Ejecutivo declarará desierta la Consulta Pública y emitirá
una nueva dentro de un plazo de 3 días hábiles.
Publicación
electrónica