PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Noviembre 12 de 2021
el ingreso de menores a los espectadores violentos, para evitar la consumación de violaciones a derechos humanos.
A la Fiscalía General del Estado:
ÚNICA. Que, toda vez que la presente Resolución constituye un nuevo elemento de convicción dentro del Acta
Circunstanciada AC-6-2019-201, iniciada con la denuncia del C. José Ángel Pérez Santisbon, Inspector de Protección
Civil, ante el Agente del Ministerio Público del Fuero Común, titular de la Fiscalía de Hopelchén, Campeche, se
considere la reapertura de la misma…” (Sic) DOS FIRMAS ILEGIBLES.
Atentamente, Lic. Juan Antonio Renedo Dorantes, Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de
Campeche.
E D I C T O
C. JUAN RAMÍREZ REYNOSO, en los autos del expediente número 13/2020, del índice del Tribunal Unitario Agrario
Distrito 50, con sede en esta ciudad de San Francisco de Campeche, estado de Campeche, por acuerdo de
catorce
de octubre de dos mil veintiuno, se ordenó que por este medio se le llame al juicio agrario promovido por MATILDE
RAMÍREZ REYNOSO, del ejido “EL CENTENARIO”, municipio ESCÁRCEGA, estado de Campeche, en el que
reclama la sucesión de los derechos agrarios que en vida le correspondían al extinto
JOSÉ RAMÍREZ RAMÍREZ en
el ejido
“EL CENTENARIO”, municipio ESCÁRCEGA, estado de Campeche; por lo que se le requiere para que
comparezca a este Tribunal ubicado en Calle Cha-ká, lote 10, manzana 4, fraccionamiento Bosques de Campeche,
Código Postal 24030, en esta Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a la audiencia prevista por el
artículo 185 de la Ley Agraria, a las
DIEZ HORAS DEL CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO; a efecto
de que se presente a manifestar lo que conforme a derecho corresponda; apercibido que de no hacerlo así, se
le podrá tener por ciertas las afirmaciones de la parte actora como lo dispone el numeral 180 y 185 fracción V de la
Ley Agraria, y por perdidos los derechos inherentes de este juicio; por último, deberá
señalar domicilio para recibir
notificaciones en esta ciudad, pues de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal se
le practicarán por
estrados. El expediente en mención queda a su disposición en la Secretaría de Acuerdos de este
tribunal, para imponerse del mismo y entrega de copias simple de las constancias que requiera. Este
edicto deberá
publicarse en términos de lo dispuesto por el artículo 173 de la Ley Agraria, por lo que
surte sus efectos quince días
después de su última publicación.
San Francisco de Campeche, Campeche a catorce de octubre de dos mil veintiuno.-
A T E N T A M E N T E.- Lic.
Araceli Janet Oseguera Ballinas, Secretaria de Acuerdos.- Rúbrica.
LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL
SAIG-DCP-EST-007-2021
La Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental en términos de lo dispuesto por los artículos 134, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 121 bis de la Constitución Política del Estado de Campeche;
23 y 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del
Estado de Campeche; 1, 2, 3, 4, 10, 12, 16 fracción III, 17 y 23 fracciones X y XI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Campeche, 1, 3, 4, 5 fracción I, 11, y 19 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de
Administración e Innovación Gubernamental de la Administración Pública del Estado de Campeche; y 72 fracción I, de
la Ley de Hacienda del Estado de Campeche, se le invita a participar en la
Licitación Pública Estatal número SAIG-
DCP-EST-007-2021, relativa a la adquisición de combustible a través de vales de papel para la Fiscalía General del
Estado de la Administración Pública Estatal, y conforme a lo siguiente: