Victoria, Tam., miércoles 1 de diciembre de 2021
Periódico Oficial
Página 12
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
7736.- Diciembre 1.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha tres
de noviembre del año en curso, ordenó la radicación del
Expediente Número 01245/2021, relativo al Juicio
Sucesorio Intestamentario a bienes de FERNANDA
AMARO PORTALES, denunciado por los C.C. ARCADIO
PEREZ LEÓN, ARCADIO PEREZ AMARO Y FERNANDO
ANTONIO PEREZ AMARO.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 08 de noviembre de 2021.- El
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria de Acuerdos, LIC.
MARÍA DEL CARMEN JUÁREZ VALDÉS.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
7737.- Diciembre 1.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de fecha tres
de noviembre del año en curso, ordenó la radicación del
Expediente Número 01246/2021, relativo al Juicio
Sucesorio Intestamentario a bienes de DIANA ISABEL
RODRÍGUEZ BÚJANOS, denunciado por JAVIER
ALEJANDRO SALAZAR RODRÍGUEZ.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 11 de noviembre de 2021.- El
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria de Acuerdos, LIC.
MARÍA DEL CARMEN JUÁREZ VALDÉS.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
7738.- Diciembre 1.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de diez de
noviembre de dos mil veintiuno, ordenó la radicación del
Expediente Número 01280/2021, relativo al Juicio
Sucesorio Intestamentario a bienes de MARTHA ELENA
BEAS GÁMEZ, denunciado por JESÚS EMMANUEL
HERNANDEZ BEAS.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tamaulipas; 17 de noviembre de 2021.- El
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del
Primer Distrito Judicial en el Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO
REYES MALDONADO.- Secretaria de Acuerdos, LIC.
MARÍA DEL CARMEN JUÁREZ VALDÉS.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos