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PERIÓDICO OFICIAL
01 de diciembre de 2021
Al margen superior izquierdo un logotipo que
dice: ESAF Morelos.- Entidad Superior de Auditoría y
Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.
LCDA.
AMÉRICA
LÓPEZ
RODRÍGUEZ;
AUDITORA GENERAL DE LA ENTIDAD SUPERIOR
DE AUDITORÍA Y FISCALIZACIÓN DEL CON
GRESO
DEL ESTADO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE
LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL
ART CULO 84 DE LA CONSTITUCIÓN POL TICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS,
ART CULO 76, FRACCIÓN VIII DE LA LEY DE
FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL
ESTADO
DE
MO
RELOS, EN CORRELACIÓN
DIRECTA CON EL ART CULO 19 DE LA LEY DE
ENTREGA RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN
P BLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS Y SUS
MUNICIPIOS; Y CON BASE EN LA SIGUIENTE:
E POSICIÓN DE MOTIVOS
La Entidad Superior de Auditoria y Fiscalización
del Congreso del Estado de Morelos, en el marco de
sus atribuciones, impulsa la cultura de legalidad y
rendición de cuentas.
Toda vez, que en el estado se ha dado inicio
con el proceso de entrega-recepción de las
administraciones públicas municipales y que una de
las mayores problemáticas que enfrentan las
administraciones publicas salientes y entrantes es en
la interpretación de la ley, ya que existen lagunas y
discrepancias en esta, lo cual impide y complica a los
funcionarios, dar debido cumplimiento a la Ley de
Entrega-Recepción de la Administración Pública para
el Estado de Morelos y sus Municipios.
Que atendiendo a que la ley de la materia
faculta la intervención de los representantes de la
Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización en los
casos cuando exista controversia en cuanto a la
interpretación y cumplimiento; es por ello que se
presentan estos Lineamientos para el Proceso de
Entrega-Recepción
de
las
Administraciones
Municipales del Estado de Morelos, como un
instrumento que brindará certeza y orden al quehacer
institucional de las autoridades municipales y orientará
la intervención de este órgano fiscalizador, en ejercicio
de su función de vigilancia en el referido proceso.
Los procesos de entrega-recepción de los
gobiernos municipal se definen como la transferencia
ordenada que se da entre una administración pública
saliente y la entrante, es un proceso de interés público
porque su divulgación resulta útil para que la
ciudadanía comprenda mejor las actividades y
funciones que realizan, además de ser un mecanismo
de rendición de cuentas, ya que debe informar del
estado guarda la gestión administrativa.
La importancia entonces de la transparencia en
los procesos de entrega-recepción, es relevante, pues
el acceso a la información que genera constituye en sí,
la mejor fuente informativa para que la ciudadanía
pueda deliberar y evaluar la gestión saliente y tener un
punto de partida para la entrante.
Este instrumento, complementa el marco
normativo que deberán observar las autoridades
municipales, al llevar a cabo, la entrega-recepción de
la Administración municipal.
Por lo expuesto y fundado; tengo a bien expedir
los siguientes:
LINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE ENTREGA-
RECEPCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES
MUNICIPALES DEL ESTADO DE MORELOS.
CAPÍTULO I
OBJETIVOS
ARTÍCULO 1°.-
Los presentes lineamientos
tienen el objetivo espec fico de establecer los criterios
de interpretación de la Ley de Entrega-Recepción de
la Administración Pública para el Estado de Morelos y
sus Municipios, en los casos en que exista
controversia en cuanto a su cumplimiento.
Así mismo, se establecen los criterios para el
cumplimiento de su obligación de entrega-recepción
que deberán observar los servidores públicos que
sean electos de forma consecutiva con motivo de la
figura de la reelección.
CAPÍTULO II
GLOSARIO
ARTÍCULO 2°.- Para los efectos de los
presentes lineamientos, se aplicarán las definiciones
que señala el artículo 2 de la Ley de Entrega
Recepción de la Administración Pública para el Estado
de Morelos y sus Municipios, y los siguientes:
I. Anexos:
Las
expresiones
documentales
físicas o digitales donde consta la información
relacionada con los recursos, asuntos e información a
entregar, a las que hace alusión la fracción V del
artículo 2 de la ley;
II. Archivos:
El
conjunto
organizado
de
expresiones
documentales
físicas
o
digitales
producidas o recibidas por los sujetos obligados en el
ejercicio de sus atribuciones y funciones, con
independencia del soporte, espacio o lugar que se
resguarden, debiendo cumplir con las disposiciones
aplicables;
III. Comisión de enlace del ayuntamiento
entrante: Conjunto de personas designadas por la
administración
pública
entrante
que
tomara
conocimiento de la situación que guarda la
administración pública saliente de tal manera que haya
continuidad en los programas y proyectos;
IV. Comisión de enlace del ayuntamiento
saliente: Conjunto de personas designados para
representar a la administración pública saliente ante la
comisión entrante;
V. Aclaraciones:
Las
consideraciones,
correcciones, anotaciones u observaciones que para
tal efecto realice el servidor público entrante o la
comisión del ayuntamiento saliente, respecto del acta
de entrega-recepción y sus anexos;
VI. ESAF.- A la Entidad Superior de Auditoría y
Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;