Lunes 13 de diciembre de 2021 Sección Primera
Tomo: CCXII No. 112
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plazo máximo de seis meses contados a partir de la publicación del acuerdo de autorización en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
DONACIÓN
NO. DE VIVIENDAS
M2/VIVIENDA
TOTAL
Municipal
29
17.00
493.00 m²
Estatal
3.00
87.00 m²
La Secretaría autorizará, en su caso, la conmutación de la obligación de otorgar áreas de donación,
así como la de realizar obras de equipamiento urbano regional, por la de cubrir en numerario el costo
de las mismas, y en caso de equipamiento urbano municipal, por la de ejecutar o complementar las
obras que determine la Secretaría, con opinión favorable del municipio a través de la persona titular
de la Dirección de Desarrollo Urbano o su equivalente, según sea el caso.
El valor de las áreas de donación será calculado a través del promedio que resulte del estudio de
valores que emita el Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del
Estado de México y el de las obras de equipamiento por la Secretaría conforme a lo dispuesto por el
Código y sus disposiciones reglamentarias.
El pago respectivo, deberá depositarse en el Fideicomiso de Reserva Territorial para el Desarrollo de
Equipamiento Urbano Regional a que se refiere el artículo 5.38, fracción X, inciso a), del Libro Quinto
y su Reglamento del Código Administrativo del Estado de México, en el caso de áreas de donación u
obras de equipamiento urbano regionales a favor del Estado.
IV. OBRAS DE EQUIPAMIENTO URBANO
OBRAS DE EQUIPAMIENTO URBANO MUNICIPAL
CONCEPTO
OBLIGACIÓN
CORRESPONDIENTE
COSTO POR
METRO
CUADRADO
COSTO
DIRECTO
TOTAL
Un jardín de niños de 4 aulas
con una superficie mínima de
terreno de 1,288.00 m
2
y de
484.00 m
2
de construcción por
cada 1,000 viviendas previstas.
14.0360 m
2
$6,583.80
$92,410.22
Escuela primaria o secundaria
de 16 aulas con una superficie
mínima de terreno de 4,640 m
2
y de 1,728.00 m
2
de
construcción por cada 1,000
viviendas previstas.
50.1120 m
2
$6,912.97
$346,422.75
Jardín vecinal de 4,000 m
2
de
superficie
por
cada
1,000
viviendas previstas.
116.00 m
2
$493.02
$57,190.32
Zona
deportiva
y
juegos
infantiles de 8,000 m
2
de
superficie
por
cada
1,000
viviendas previstas.
232.00 m
2
$566.76
$131,488.32
TOTAL
$627,511.61
Deberá realizar el depósito del valor económico al Fideicomiso de Reserva Territorial para el
Desarrollo del Equipamiento Urbano Regional, de conformidad con las disposiciones reglamentarias,
respecto del siguiente equipamiento.