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PERIÓDICO OFICIAL
14 de diciembre de 2021
18. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 132 Bis, fracción IV, de la Ley de los Trabajadores del
Estado de Querétaro, y el artículo 18, fracción VI, letra c, del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder
Ejecutivo del Estado de Querétaro, y una vez analizada la documentación que integra el expediente del trabajador
C. SERGIO CAMARGO PIÑA, resulta viable su petición para la obtención de su JUBILACIÓN, por haber cubierto
todos y cada uno de los requisitos de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro; por lo que, atendiendo
a lo dispuesto en los artículos 34, 36, 126, 133 y 135 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro;
articulo 36 primer párrafo, y el artículo 18 fracción X, segundo párrafo, del Convenio Laboral que contiene las
Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro,
y de los 30 años, 1 mes y 17 días de servicio para el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, le corresponde el
100% (Cien por ciento) de la suma del sueldo más quinquenios que percibe por el desempeño de su puesto,
siendo esta la cantidad total de $25,919.00 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100
M.N.), más las prestaciones que de hecho y por derecho le correspondan, con cargo al Presupuesto de Egresos
del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro; por lo que, se expide el siguiente:
DICTAMEN DEFINITIVO
POR EL QUE SE CONCEDE JUBILACIÓN AL
C. SERGIO CAMARGO PIÑA
Artículo Primero. En virtud de haberse satisfecho los requisitos señalados en los artículos 126, 127, 128, primer
párrafo, 130, 132 Bis fracciones I, II, III, párrafo primero, IV y V, 133, 136, 147 fracción I y 148 primer párrafo de
la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro; y el artículo 18 fracción X, segundo párrafo del Convenio
Laboral que contiene las Condiciones Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo
del Estado de Querétaro, se concede JUBILACIÓN al C. SERGIO CAMARGO PIÑA quien se encuentra
desempeñando el puesto de INSPECTOR, adscrito a la OFICINA DEL C. SECRETARIO DEL TRABAJO DE LA
SECRETARÍA DEL TRABAJO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, asignándosele por
este concepto, en forma vitalicia, la cantidad de $25,919.00 (VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE
PESOS 00/100 M.N.) mensuales, equivalentes al 100% (Cien por ciento) de la suma del sueldo y quinquenios
que percibe por el desempeño de su puesto, más los incrementos contractuales y legales que le correspondan,
con cargo al Presupuesto de Egresos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Artículo Segundo. La cantidad establecida en el artículo primero se pagar
á al C. SERGIO CAMARGO PIÑA de
manera mensual, a partir de su baja como trabajador del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro y su
correspondiente alta a la Nómina de Jubilados del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
Artículo Tercero. En cumplimiento al artículo 150 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, el
presente dictamen deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra
de
Arteaga”, para que surta sus efectos de notificación al trabajador y del área encargada de realizar el pago de
la jubilación, así como de todas y cada una de las prestaciones que con motivo de la terminación de la relación
laboral se deriven.
Artículo Cuarto. El presente dictamen entrar
á en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”; para dar inicio con los trámites
administrativos que correspondan.
Santiago de Querétaro, Querétaro, a 8 de diciembre de 2021, para su debida publicación y observancia.
ATENTAMENTE
M. EN A. P. HÉCTOR ERNESTO BRAVO MARTÍNEZ
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS DE LA OFICIALÍA MAYOR
DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO.
Rúbrica