14 de diciembre de 2021
LA SOMBRA DE ARTEAGA
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d. Una vez agotado lo anterior, deberá emitir el dictamen definitivo de pensión o jubilación, fundado y
motivado, en términos de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, y demás normatividad
aplicable; … “
13. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 Bis, fracción I, de la Ley de los Trabajadores del Estado de
Querétaro, el día 5 de noviembre de 2021, se recibió en la Dirección de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor del
Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, el escrito signado por la C. TOMASA LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ,
mediante el cual solicita se le conceda el derecho a la Jubilación, y adjunta los requisitos que señala el artículo 147,
fracción I, de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro.
14. Que la C. TOMASA LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ actualmente se encuentra desempeñando el puesto de
MAESTRO, adscrita a la DIRECCIÓN GENERAL DE LA ESCUELA NORMAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO DEL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERÉTARO, percibiendo un sueldo mensual de $35,036.70 (TREINTA Y
CINCO MIL TREINTA Y SEIS PESOS 70/100 M.N.), más la cantidad de $4,659.14 (CUATRO MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE PESOS 14/100 M.N.) por concepto de quinquenios, lo que hace un total de $39,695.84
(TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 84/100 M.N.) por concepto de salario mensual.
15. Que en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 126, 127, 128, primer párrafo, 130, 132 Bis fracciones I, II y III
párrafo primero, 136, 147 fracción I y 148 primer párrafo de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, así
como el artículo 20 fracción IV del Convenio Laboral que contiene las Condiciones Generales de Trabajo de los
Trabajadores Académicos de la Escuela Normal del Estado de Querétaro, con fecha 17 de noviembre de 2021, el
Titular de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, emitió DICTAMEN FAVORABLE para la
obtención de la Jubilación a favor de la C. TOMASA LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ por contar, al momento de la
recepción de sus documentos en la Dirección de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, con 30 años, 9 meses y 20 días de servicio prestado al Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
16. Que el párrafo segundo del artículo 127 de la ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, establece que toda
fracción de más de seis meses de servicio, se considera como año completo para los efectos del otorgamiento de la
jubilación, razón por la que se reconoce a la trabajadora una antigüedad de 31 (treinta y un) años de servicio.
17. Que en la solicitud realizada por la C. TOMASA LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ no se requirió la Prejubilación
que establece el artículo 47 del Convenio Laboral que contiene las Condiciones Generales de Trabajo de los
Trabajadores Académicos de la Escuela Normal del Estado de Querétaro, por lo que el pago de su jubilación empezará
a correr a partir del día siguiente a aquel en que la trabajadora haya disfrutado el último salario, por haber realizado su
baja en el servicio, la cual se gestionará posterior a la publicación del Dictamen Definitivo en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”.
18. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 132 Bis, fracción IV, de la Ley de los Trabajadores del Estado de
Querétaro, y el artículo 18, fracción VI, letra c, del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, el PROYECTO DE DICTAMEN a favor de la C. TOMASA LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ, se
publicó en la página de internet del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en el apartado de OFICIALÍA MAYOR
JUBILACIONES Y PENSIONES, por un periodo de 5 días naturales, mismos que transcurrieron del 2 al 6 de diciembre
de 2021, a efecto de que cualquier persona física o moral que tuviera observaciones al mismo, por escrito las hiciera
del conocimiento de la Dirección de Recursos Humanos de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro, para su análisis correspondiente, sin embargo, no se realizó ninguna observación.
19. Que en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 132 Bis, fracción IV, de la Ley de los Trabajadores del Estado de
Querétaro, y el artículo 18, fracción VI, letra c, del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro, y una vez analizada la documentación que integra el expediente de la trabajadora C. TOMASA
LUZ MARÍA HELGUEROS CRUZ, resulta viable su petición para la obtención de su JUBILACIÓN, por haber cubierto
todos y cada uno de los requisitos de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro; por lo que, atendiendo a lo
dispuesto en los artículos 34, 36, 126, 133 y 135 de la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro; articulo 36
primer párrafo, y el artículo 18 fracción X, segundo párrafo, del Convenio Laboral que contiene las Condiciones
Generales de Trabajo de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, y de los 31 años
de servicio para el Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, le corresponde el 100% (Cien por ciento) de la suma del
sueldo más quinquenios que percibe por el desempeño de su puesto, siendo esta la cantidad total de $39,695.84
(TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 84/100 M.N.), más las prestaciones que de
hecho y por derecho le correspondan, con cargo al Presupuesto de Egresos del Poder Ejecutivo del Estado de
Querétaro; por lo que, se expide el siguiente: