PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 4
San Francisco de Campeche,
Cam., Noviembre 22 de 2021
SECCIÓN JUDICIAL
1.- Toda vez que de autos se observa que ya se llevaron a
cabo las diligencias necesarias sin encontrar el domicilio
o paradero del C. LUIS ADOLFO DZUL CABALLERO,
tomando en consideración que se han desahogado las
testimoniales ofrecidas por el promovente, y se han
recibido los informes de las diversas dependencias a las
cuales se les solicito información respecto al domicilio de la
antes mencionada, se acredita la ignorancia del domicilio
actual del C. LUIS ADOLFO DZUL CABALLERO, por lo
tanto, se ordena se dé cumplimiento a lo que establece
el artículo 106 del Código de Procedimientos Civiles del
Estado en vigor; para que se publique el proveído de
fecha veinticinco de enero del año dos mil veintiuno, que
a la letra dice:-
“... JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
LO FAMILIAR DE ESTE PRIMER DISTRITO JUDICIAL
DEL ESTADO. CASA DE JUSTICIA DE LA CIUDAD
DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP; A
VEINTICINCO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO.
VISTOS: Se tiene por presentado al ciudadano PAULA
ANGELICA KUK KUK, con su escrito de cuenta y
documentación anexa al mismo, señalando como
domicilio particular el ubicado en la calle 14, número 12
entre 114 A Y 16 de la colonia San Joaquín, con Código
Postal 24020 de esta Ciudad y como domicilio para oír
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE CAMPECHE, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL PRIMER
DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR PERIODICO OFICIAL
C. LUIS ADOLFO DZUL CABALLERO
FOLIO: 32867
EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 421/20-2021/2F-I
RELATIVO AL JUICIO SUMARIO CIVIL DE GUARDA Y
CUSTODIA PROMOVIDO POR PAULA ANGELICA KUK
KUK EN CONTRA DE JULIANA DEL CARMEN TUN KU
Y LUIS ADOLFO DZUL CABALLERO.- LA JUEZ DICTO
UN PROVEÍDO QUE A LA LETRA DICE:
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR DE ESTE PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO. CASA DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE SAN
FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMP; A CUATRO DE
AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIUNO.
VISTO: El estado que guardan los autos, en consecuencia;
SE PROVEE: --
Técnicas y Económicas, para evitar su descalificación.
•
El idioma en que deberá presentar la proposición será: Español.
•
La moneda en que deberá cotizar la proposición será: Pesos mexicanos.
•
No se otorgará anticipo.
•
Visita a las Instalaciones y Lugar del servicio: Según anexo 4 de las bases.
•
Plazo del servicio: 01 de enero al 31 de diciembre de 2022
•
El pago se realizará: contra entrega de la documentación requerida, sujetándose a la mecánica y plazos de pago
establecidos por el Instituto
•
Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los
licitantes, podrán ser negociadas.
•
Tipo de Garantía de Sostenimiento: Póliza expedida por afianzadora o cheque cruzado por un monto no menor al
10% del total de la propuesta.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los artículos 26 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche.
San Francisco de Campeche, Campeche, a 22 de noviembre de 2021.-
Lic. Pedro Ramón Arceo Aguilar, Director
Administrativo del INDESALUD.- Rúbrica.