Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 28 de diciembre de 2021
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Estado de Tamaulipas, 47, fracciones I y XXXII, del Reglamento Interior de la Secretaría General de
Gobierno, la Dirección de Asuntos Notariales es competente para conocer del ejercicio del Notariado.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, se expide el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Es procedente autorizar y se autoriza a la licenciada DAMARIS JACQUELINE
COVARRUBIAS MOTA, titular de la Notaría Pública número ciento ochenta y seis (186), con ejercicio en el
Quinto Distrito Judicial del Estado y residencia en Cd. Reynosa, Tamaulipas, licencia para separarse de la
Notaría Pública en cuestión, por el término de su desempeño en el puesto como SECRETARIA
PARTICULAR ADSCRITA AL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES
FEDERALES Y DE AMPARO EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.
SEGUNDO.- Se autoriza al Ciudadano licenciado ALEJANDRO ALBERTO ORTIZ ORNELAS, para que
actúe como Adscrito en funciones notariales, en la Notaría Pública número ciento ochenta y seis (186), con
jurisdicción en el Quinto Distrito Judicial del Estado y residencia en Cd. Reynosa, Tamaulipas, durante el
término de la licencia, que tiene concedida la titular de la misma, la licenciada DAMARIS JACQUELINE
COVARRUBIAS MOTA, subsistiendo para su actuación la garantía previamente otorgada.
TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo, en el Periódico Oficial del Estado, en el entendido que el
mismo surte efectos a partir de su publicación.
CUARTO.- La publicación en el Periódico Oficial del Estado servirá de notificación para los licenciados
DAMARIS JACQUELINE COVARRUBIAS MOTA y ALEJANDRO ALBERTO ORTIZ ORNELAS; y de
conocimiento a las autoridades competentes en el área de la materia, independientemente de la notificación
que se pueda realizar por cualquier otro medio.
Dado en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos
mil veintiuno.
EL DIRECTOR DE ASUNTOS NOTARIALES.- BENITO PIMENTEL RIVAS.- Rúbrica.
PODER JUDICIAL
H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
En sesión celebrada en esta propia fecha, el H. Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado,
emitió el siguiente acuerdo:
“...----- Ciudad Victoria, Tamaulipas, a catorce de diciembre de dos mil veintiuno.-------------------------------------
----- V i s t a la propuesta de calendario de días no laborables que el Magistrado Presidente somete a la
consideración de este Tribunal Pleno, y tomando en consideración que de conformidad con los artículos 114,
apartado A, fracción XVII, de la Constitución Política del Estado, 8°, párrafo primero, y 20, fracciones XVIII y
XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al disponer que es facultad del Tribunal Pleno fijar los períodos de
vacaciones y que son inhábiles, además, los sábados y domingos y aquellos en que se suspendan las labores
por acuerdo del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, es procedente establecer el calendario correspondiente
al año entrante. En ese sentido y con apoyo además en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, se aprueba
el siguiente Calendario de Días No Laborables, en el que se incluyen los ya autorizados por la Ley,
correspondientes al:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
AÑO 2022
1° (sábado) al 3 (lunes) de enero
Inicio del año y correspondientes al Segundo período
vacacional de 2021
7 de febrero (lunes)
(Primer lunes del mes)
En conmemoración de la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos del 5 de febrero de 1917
21 de marzo (lunes)
(Tercer lunes del mes)
En conmemoración del Natalicio de Don Benito Juárez García,
el 21 de marzo de 1806
13, 14 y 15 de abril (miércoles, jueves y
viernes)
El primero en intercambio del 26 enero y Semana Santa los
dos restantes
1° de mayo (domingo)
Día del Trabajo
5 de mayo (jueves)
En conmemoración de la Batalla de Puebla de 1862
Primer Período de Vacaciones:
15 días naturales comprendidos del lunes 18 de julio al lunes 1
de agosto de 2022, incluidos, para reanudar labores el martes 2
de agosto.