PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
San Francisco de Campeche, Cam.
Viernes 10 de Diciembre de 2021
SEGUNDA SECCIÓN
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1577
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN JUDICIAL
“Garantizar los derechos humanos de la niñez es labor fundamental de la autoridad jurisdiccional”
SECRETARÍA GENERAL DE ACUERDOS
OFICIO NÚMERO: 1128/SGA/P-A/21-2022 ASUNTO: ACUERDO GENERAL CONJUNTO NÚMERO 19/PTSJ-
CJCAM/21-2022, DE LOS PLENOS DEL HONORABLE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO Y
DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA LOCAL, QUE EXPIDE EL REGLAMENTO QUE CREA Y ESTABLECE LAS
BASES DE ORGANIZACIÓN Y OPERATIVIDAD DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA DEL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.
San Francisco de Campeche, Camp., a 10 de diciembre de 2021.
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO.
PRESENTE.
De conformidad con el artículo 44, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, comunico para los
efectos legales correspondientes que en Sesiones Extraordinaria y Ordinaria, ambas verificadas el día ocho de
diciembre del año dos mil veintiuno, los Plenos del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, y del Consejo
de la Judicatura Local, respectivamente, aprobaron el siguiente: - -
ACUERDO GENERAL CONJUNTO NÚMERO 19/PTSJ-CJCAM/21-2022, DE LOS PLENOS DEL HONORABLE
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA LOCAL, QUE
EXPIDE EL REGLAMENTO QUE CREA Y ESTABLECE LAS BASES DE ORGANIZACIÓN Y OPERATIVIDAD DE
LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. Que el artículo 26 de la Constitución Política del Estado de Campeche, establece que el Poder Público de
la entidad se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. - - -
SEGUNDO. Que el texto del artículo 77 de la Constitución Local, dispone que se deposita el ejercicio del Poder
Judicial del Estado en un Honorable Tribunal Superior de Justicia y en Juzgados de Primera Instancia, Menores y de
Conciliación. Asimismo, el numeral 78 bis de la citada normatividad superior señala que la administración, vigilancia y
disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, estará
a cargo del Consejo de la Judicatura Local, mismo que puede actuar en Pleno o a través de Comisiones, en términos
de los artículos 130 y 131 de la ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche.
TERCERO. Que el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado podrá solicitar al Consejo de la Judicatura
Local, la expedición de aquellos acuerdos que considere necesarios para asegurar un adecuado ejercicio de la
función jurisdiccional local; quien a su vez, tiene facultades para expedir acuerdos generales para el adecuado
ejercicio de sus funciones, de conformidad con el décimo párrafo del artículo 78 bis referido, y los artículos 14,
fracción II, y 125, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche. --
CUARTO. Que los Plenos del Honorable Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado de
Campeche, pueden establecer acuerdos de coordinación y funcionamiento entre los órganos del Poder Judicial del
Estado, de conformidad con los artículos 3 y 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche.
QUINTO. Que en Sesión Ordinaria de fecha ocho de septiembre de dos mil ocho, el Pleno del Honorable Tribunal
Superior de Justicia del Estado, expidió el Reglamento del Centro de Encuentro Familiar del Estado de Campeche. - -
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SEXTO. Que en Sesión Ordinaria de fecha veintinueve de septiembre de dos mil nueve, el Pleno del Honorable
Tribunal Superior de Justicia del Estado, emitió punto de Acuerdo, mediante el cual se aprobó informar a la
ciudadanía que el Centro de Encuentro Familiar del Estado de Campeche iniciaba su funcionamiento el dieciocho de
septiembre del año dos mil nueve.--
SÉPTIMO. En Sesión Ordinaria de fecha veinte de mayo del año dos mil diecinueve, el Pleno del Honorable Tribunal
Superior de Justicia, emitió el ACUERDO GENERAL NÚMERO 10/PTSJ/18-2019, QUE APRUEBA LA REFORMA
INTEGRAL DEL REGLAMENTO DEL CENTRO DE ENCUENTRO FAMILIAR DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO,
en cuyo transitorio PRIMERO se abrogó el Reglamento señalado en el considerando QUINTO del presente Acuerdo.
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