SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 6
San Francisco de Campeche,
Cam., Diciembre 10 de 2021
XIII.- Coordinar y Organizar las suplencias de las ausencias temporales de las Subdirecciones de los Centros de la
Coordinación de Atención Psicológica del Poder Judicial del Estado;- - -
XIV.- Promover ante los Plenos del Poder Judicial del Estado, la celebración de convenios con diferentes
dependencias y asociaciones, con la finalidad de lograr la excelencia en el servicio que proporcione a las personas
usuarias del mismo; -
XV.- Elaborar programas de capacitación para el personal y llevarlos a efecto cuando menos cuatro veces al año;
XVI.- Elaboración de solicitud de insumos de limpieza y de agua purificada de manera mensual para los diversos
centros; y
XVII.-Organizar, coordinar y ejecutar todos aquellos eventos correspondientes al Patronato del Poder Judicial del
Estado de Campeche en conjunto con el personal adscrito a la Coordinación de Atención Psicológica del Poder
Judicial del Estado.
Artículo 9. La Coordinación General contará con el personal auxiliar que permita el presupuesto, quien asumirá las
siguientes funciones: -
I.- Asistir a la Coordinación en el momento que se requiera; -
II.- Recibir, organizar y archivar la correspondencia enviada a la Coordinación;--
III.- Concentrar y sistematizar la información remitida por los Centros, a fin de elaborar en tiempo y forma, los informes
respectivos; - -
IV.- Apoyar en la supervisión y vigilancia de las diversas actividades de los diversos Centros; y
V.- Las demás que la Coordinación le asigne, en el ámbito de su competencia.--
Artículo 10. Requisitos para cubrir la Subdirección de los Centros de la Coordinación de Atención Psicológica del
Poder Judicial del Estado: -
I.- Ser de nacionalidad mexicana, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;--
II.- Ser profesional con nivel de licenciatura como mínimo, con una antigüedad no menor de cinco años en el ejercicio
de su profesión; y --
III.- Tener experiencia en materia familiar, capacitado en administración y relaciones humanas, preferentemente con
conocimiento en psicología, trabajo social y mediación.
Artículo 11. Son atribuciones de la persona titular de la subdirección:
I.- De la subdirección del Centro de Evaluación e Intervención Psicosocial: -
a) Vigilar el debido cumplimiento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Campeche, del Reglamento
Interior que corresponda, de este Reglamento, y demás disposiciones que emitan los Plenos del Poder Judicial del
Estado; -
b) Dirigir y supervisar el buen funcionamiento del Centro; --
c) Comunicar a la autoridad jurisdiccional correspondiente, toda circunstancia irregular que se presente en el Centro; -
- -
d) Informar a las autoridades jurisdiccionales, la disponibilidad de los días y horas de la agenda del centro, en que se
podrán llevar a cabo las evaluaciones y terapia individual o familiar, así como los estudios socioeconómicos o historia
social de las personas usuarias que sean solicitados;
e) Enviar informe de los resultados de las evaluaciones y terapias psicológicas realizadas por el personal del Centro
de Evaluación e Intervención Psicosocial a solicitud de las autoridades jurisdiccionales u otras, con la finalidad de
determinar lo conducente;
f) Levantar actas circunstanciadas en unión de dos personas testigos, sobre los hechos violentos que alteren el orden
del Centro, e informar a la autoridad jurisdiccional correspondiente;
g) Suspender las evaluaciones o terapias agendadas en los casos señalados por este Reglamento y comunicarlo a
más tardar dentro del término de tres días siguientes a la autoridad jurisdiccional correspondiente;- -
h) Establecer mecanismos que auxilien a una óptima atención a niñas, niños, adolescentes, y a las personas usuarias
que asistan a este Centro;
i) Procurar las condiciones de salubridad y seguridad del Centro; - - -
j) Informar mensualmente sobre estadística y administración a la Coordinación;-
k) Practicar la Entrevista inicial a las personas usuarias del Centro con respecto a las medidas decretadas por las
autoridades; - - -
l) Programar los días de descanso del personal adscrito;
m) Coordinar al personal del área del Centro de Evaluación e Intervención Psicosocial;-
n) Coordinar, agendar y calendarizar las citas de las evaluaciones y terapias psicológicas de las niños, niños y
adolescentes o personas usuarias que asisten al Centro;
ñ) Llevar el Control y Registro de entrevistas, evaluaciones y terapias psicológicas decretadas por la autoridad
jurisdiccional; -
o) Llevar el control y archivo de oficios enviados y recibidos por la autoridad jurisdiccional;