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PERIÓDICO OFICIAL
DEL ESTADO DE HIDALGO
02 de Enero de 2022
Alcance Cuarenta y Nueve
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en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, de fecha 21 de diciembre de 2020, se ha efectuado el análisis del
panorama epidemiológico del Estado de Hidalgo revisando las medidas sanitarias, a la luz de los principios de
proporcionalidad y razonabilidad, así como reuniones de trabajo con las dependencias y entidades de la
Administración Pública Estatal, autoridades municipales y representantes del sector privado y, con el propósito
de reactivar la economía en la entidad federativa, se concluye que es posible su actualización concediendo la
reapertura de diversas actividades, sin menoscabo de continuar con las medidas sanitarias universales como
son: uso correcto del cubreboca; sana distancia; lavado frecuente de manos y uso del gel antibacterial al 70%;
higiene y ventilación de espacios comerciales y de concentración de personas; quédate en casa y aplica las
medidas de bioseguridad sanitaria; y aplicar filtros sanitarios de acceso en todos los espacios públicos y
comerciales.
Por lo expuesto, se modifican las medidas sanitarias contenidas en la Circular publicada en el Periódico Oficial
del Estado de Hidalgo en el Alcance 3 de fecha 24 de octubre de 2021, para quedar como sigue:
MEDIDAS SANITARIAS
Frente a la situación derivada del decremento del número de casos de personas afectadas por el virus
SARS-CoV2 y sus variantes en el Estado de Hidalgo, se llevarán a cabo medidas enfocadas a detener,
contener, controlar, retrasar y reducir el impacto de la COVID-19 y de sus complicaciones, por ello es
necesario emitir las restricciones sanitarias conforme a lo que a continuación se describe:
1.
Antros y centros nocturnos
a)
Se concede aforo máximo del 30%.
b)
Venta de bebidas alcohólicas por copeo y por persona.
c)
Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.
2.
Bares y cantinas
a)
Se concede aforo máximo del 30%.
b)
Venta de bebidas alcohólicas por copeo y por persona.
c)
Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.
3.
Casas de juego (casinos), boliches y billares
a)
Se concede su apertura con aforo al 30%.
b)
Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.
4.
Salones de fiesta y similares
a)
El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso
estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
b)
El consumo de bebidas alcohólicas será por copeo.
c)
Todo evento será reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión.
d)
Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
5.
Electrónicos y áreas de juego infantiles
a)
Se concede aforo máximo del 30%.
b)
Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
6.
Ferias
a)
Juegos mecánicos suspendidos.
b)
El aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso
estricto de cubreboca, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos.
c)
Todo evento será reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos
Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión.
d)
Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo al horario permitido por su municipio.
Publicación
electrónica