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PERIÓDICO OFICIAL
05 de enero de 2022
Al margen superior izquierdo un logotipo que
dice: IMPEPAC.- Instituto Morelense de Procesos
Electorales y Participación Ciudadana.- CONSEJO
ESTATAL ELECTORAL.
ACUERDO
IMPEPAC/CEE/613/2021
QUE
PRESENTA LA SECRETARÍA EJECUTIVA, AL
CONSEJO ESTATAL ELECTORAL DEL INSTITUTO
MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y QUE EMANAN DE
LA
COMISIÓN
EJECUTIVA
TEMPORAL
DE
ASUNTOS
INDÍGENAS;
ASÍ
COMO
DE
LA
COMISIÓN
EJECUTIVA
PERMANENTE
DE
ASUNTOS JURÍDICOS, MEDIANTE EL CUAL SE
EMITE LA CONVOCATORIA PARA LA CONSULTA
PREVIA,
LIBRE
E
INFORMADA
SOBRE
LA
IDONEIDAD DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS EN
MATERIA DE CANDIDATURAS INDÍGENAS QUE
FUERON
IMPLEMENTADAS
DURANTE
EL
PROCESO ELECTORAL LOCAL 2020-2021 EN
ACATAMIENTO A LAS RESOLUCIONES DICTADAS
POR LA SALA REGIONAL CIUDAD DE MÉXICO DEL
TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE
LA
FEDERACIÓN,
EN
AUTOS
DE
LOS
EXPEDIENTES SCM-JDC-403/2018 Y SCM-JDC-
088/2020.
ANTECEDENTES
1. RESOLUCIÓN
SUP-RAP-726/2017
Y
ACUMULADOS, EN EL QUE SE IMPUGNA EL
ACUERDO INE/CG508/2017. El catorce de diciembre
de dos mil diecisiete, la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación, dicto
resolución dentro del expediente referido, en el que los
actores alegaban una afectación a sus derechos
político electorales toda vez que el acuerdo
impugnado dictó Lineamientos que procuraban la
participación política en condiciones de igualdad entre
mujeres y hombres, así como la garantía de espacios
de representación a personas que se autoadscriban
como indígenas.
2. SENTENCIA JUICIO CIUDADANO SCM-JDC-
403/2018. En fecha veintinueve de junio de dos mil
dieciocho, la Sala Regional del Tribunal Electoral de la
Federación
correspondiente
a
la
Cuarta
Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de
México, resolvió el juicio ciudadano SCM-JDC-
403/2018.
3. CREACIÓN
E
INTEGRACIÓN
DE
LA
COMISIÓN EJECUTIVA TEMPORAL DE ASUNTOS
INDÍGENAS. En sesión extraordinaria del Consejo
Estatal Electoral, llevado a cabo el día veintiocho de
enero del año dos mil veinte, se aprobó por mayoría
de
votos
el
Acuerdo
IMPEPAC/CEE/021/2020,
mediante el cual se determinó la creación e
integración de la Comisión Ejecutiva Temporal de
Asuntos Indígenas, en los siguientes términos:
[…]
ACUERDO
PRIMERO. Este Consejo es competente para
emitir el presente acuerdo en términos de la parte
considerativa del mismo.
SEGUNDO. Se aprueba creación e integración
de la Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos
Indígenas en la Participación Política, en términos del
considerando XIX.
TERCERO. Se determina que la vigencia de la
Comisión Ejecutiva Temporal de Asuntos Indígenas en
la Participación Política iniciara a partir de la
aprobación del presente acuerdo y concluirá una vez
que se haya dado el cumplimiento total de la sentencia
dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación con sede en la Ciudad
de México en el expediente SCM-JDC-403/2018.
CUARTO. Una vez aprobado el presente
acuerdo, se instruye al Secretario Ejecutivo para que
de manera inmediata y en vía de alcance remita copia
certificada del presente acuerdo a la Sala Regional del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
con sede en la Ciudad de México, para que obre en el
expediente SCM-JDC-403/2018.
QUINTO. Publíquese este acuerdo, en la página
de
internet
de este
organismo electoral, de
conformidad con el principio de máxima publicidad.
SEXTO. Notifíquese el presente acuerdo al
Ejecutivo del Estado y al Poder Legislativo del Estado
de Morelos.
[…]
4. REFORMA CÓDIGO LOCAL. Con fecha ocho
de junio del año dos mil veinte, fue reformado el
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
para el Estado de Morelos, en donde se reforman los
artículos 27, segundo párrafo y 66, fracción III,
mediante los cuales se garantiza la representación
política-electoral de las personas indígenas en la
entidad, cuyo criterio de identificación sea el de
permanencia.
5. SENTENCIA
DEL
JUICIO
PARA
LA
PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-
ELECTORALES
DEL
CIUDADANO
SCM-JDC-
88/2020 Y ACUMULADOS. Con fecha trece de agosto
del dos mil veinte, la Sala Regional de la Ciudad de
México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, resolvió en sesión pública el Juicio
Ciudadano
SCM-JDC-88/2020
Y
SUS
ACUMULADOS.
6. ACCIONES AFIRMATIVAS A FAVOR DE LAS
PERSONAS INDÍGENAS. Con fecha veintinueve de
agosto del año dos mil veinte, en sesión extraordinaria
urgente, el Consejo Estatal Electoral del Instituto
Morelense de Procesos Electorales y Participación
Ciudadana,
aprobó
el
acuerdo
IMPEPAC/CEE/117/2020,
mediante
el
cual
se
establecen las acciones afirmativas a favor de las
personas indígenas en candidaturas de ayuntamientos
y diputaciones locales en el proceso electoral local
2020-2021, en cumplimiento a la sentencia de fecha
trece de agosto del año que transcurre, emitida por la
Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, en el expediente
SCM-JDC-88/2020 y acumulados.