viernes 14 de enero de 2022
PERIODICO OFICIAL
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VII.- Conceder permiso al personal para faltar a sus labores, por causa justificada, hasta por 15 días hábiles o hasta por seis meses
sin goce de sueldo, de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado;
VIII.- …
IX.- Someter al Consejo Directivo las reformas que procedan a los reglamentos o disposiciones administrativas dictadas por aquél,
así como los proyectos de resolución de pensión o prestaciones;
X.- a la XII.- ...
XIII.- Salvo los casos a que se refiere la fracción IV del Artículo 85 de esta Ley, representar legalmente al Instituto en los términos
señalados en el ordenamiento citado;
XIV.- Expedir copia certificada de los documentos que obren en los archivos y sistemas digitales del Instituto.
XV.- Administrar las Coordinaciones Regionales, encomendar y supervisar las actividades que se requieran para el buen
funcionamiento del Instituto.
XVI.- Administrar y mantener en buenas condiciones los bienes propiedad del Instituto;
XVII.- Informar al Consejo, la suscripción, firma, endoso, giro o cualquier otra forma que comprometa al Instituto por medio de
cheques, pagarés, letras de cambio o cualquier otro título de crédito, en los términos del Artículo 9º de la Ley General de T ítulos y
Operaciones de Crédito; y
XVIII.- Las demás que le señale esta Ley.
ARTÍCULO 87.- ...
I.- La persona titular de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas, quien lo presidirá;
II.- Dos representantes de las entidades patronales del Gobierno del Estado, designados por el titular del Ejecutivo; y
III.- ...
...
...
...
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.