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PERIÓDICO OFICIAL
Martes 9 de Abril de 2019. 2a. Secc.
COPIA
SIN V
ALOR LEGAL
"V
ersión digit
al de consult
a, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
ello, para su presentación al Tesorero
Municipal;
f)
Proporcionar información, tratándose de
revisiones practicadas por las instancias de
control internas o externas y atender las
recomendaciones señaladas; autorizadas por
el Tesorero;
g)
Diseñar y establecer políticas y criterios, para
facilitar y eficientizar el registro contable de
las operaciones realizadas, así como vigilar el
debido cumplimiento de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, la Ley de
Planeación Hacendaria, Contabilidad
Gubernamental y Gasto Público del Estado
de Michoacán de Ocampo;
h)
Verificar que los estados financieros revelen
razonablemente la situación financiera de la
Hacienda Municipal a la fecha que
correspondan y los resultados obtenidos en
el período por el cual se informa, dando cuenta
al Tesorero Municipal, así como subsanar los
errores u omisiones que detecten durante las
actividades que realice el personal de la
dirección, dando cuenta la Contraloría
Municipal de las infracciones graves a la Ley
y de los daños que sufra la hacienda pública;
i)
Coadyuvar con la Contraloría Municipal en
la vigilancia de las dependencias y entidades
para que actúen con apego a las disposiciones
legales aplicables en lo relativo al manejo y
aplicación de recursos públicos de origen
federal y/o estatal;
j)
Realizar el desahogo de las observaciones
que formulen la Auditoría Superior de
Michoacán y de la Federación, presentando
al Tesorero Municipal proyecto de solución,
de acuerdo a las observaciones que formule
la Auditoria Superior de Michoacán y de la
Federación;
k)
Elaborar, revisar y presentar al Tesorero, el
Proyecto de Presupuesto de Egresos
Municipal, y conjuntamente con la Dirección
de Ingresos elaborar, revisar y presentar el
Proyecto de Presupuesto de Ingresos del
Municipio;
l)
Elaborar y revisar con las áreas
correspondientes a partir de la información
proporcionada por las áreas operativas, los
planes y programas de inversión pública;
m)
Proponer al Tesorero y supervisar la
aplicación de las políticas, procedimientos y
mecanismos necesarios para formular y
controlar la ejecución presupuestal;
n)
Efectuar en Presupuesto los ajustes que
permitan el equilibrio presupuestal, cuando
las necesidades lo requieran, previa
autorización del ayuntamiento;
o)
Emitir opinión técnica de las ampliaciones y
hacer las gestiones de modificación
presupuestal solicitadas por las
dependencias, una vez cumplidos los
requisitos legales y previa autorización del
Ayuntamiento;
p)
Será responsable de vigilar el estricto
cumplimiento del Presupuesto de Egresos
para que se ejerza de manera correcta, apegada
a los lineamientos establecidos y vigentes,
así como, el control del ejercicio presupuestal;
q)
Proponer al Tesorero las acciones, medidas y
actividades tendientes al control del ejercicio
presupuestal;
r)
Informar oportunamente al Tesorero y la
Subdirección de Egresos y Cuentas por pagar
de las ampliaciones y modificaciones al
Presupuesto de Egresos, a fin de que se
programe debidamente el gasto y pago del
mismo; y,
s)
Las demás que le confieran otros
ordenamientos legales, el Ayuntamiento, el
Presidente Municipal y las que le instruya el
Tesorero.
VI.
La Subdirección de Egresos y cuentas por pagar le
corresponderá:
a)
Elaborar y presentar al Tesorero el Programa
Operativo Anual de la Dirección;
b)
Proponer y establecer las políticas,
procedimientos y mecanismos necesarios
para el adecuado manejo y control del gasto
público;
c)
Programar autorizar y controlar las