PERIÓDICO OFICIAL
PÁGINA 38
Martes 9 de Abril de 2019. 2a. Secc.
COPIA
SIN V
ALOR LEGAL
"V
ersión digit
al de consult
a, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
b)
Proporcionar asistencia y orientación jurídica
a las personas que la soliciten, en el ámbito
de su competencia;
c)
Vigilar el bienestar y la integridad de las
personas que soliciten su intervención
cuando existan circunstancias graves que así
lo ameriten;
d)
Presentar denuncias, iniciar procedimientos
legales de todo tipo, dar parte a las
autoridades policiacas y tomar las acciones
que estime pertinentes cuando advierta que
una persona se encuentra en riesgo o la
probable comisión de algún delito;
e)
Procurar la protección de los derechos de los
menores e intervenir cuando estos se
encuentren en riesgo;
f)
Elaborar y ejercer un proyecto para la
convivencia infantil;
g)
Proporcionar asistencia a los asilos, casas
hogar y estancias del Ayuntamiento;
h)
Coordinar e impulsar campañas de difusión y
apoyo de Cultura de la Discapacidad;
i)
Fomentar la práctica de actividades
deportivas, intelectuales y culturales para los
usuarios atendidos;
j)
Realizar un diagnóstico sobre las condiciones
de accesibilidad del Municipio para los
diferentes tipos de discapacidad;
k)
Proponer soluciones y dar apoyo técnico para
el acceso en los diferentes tipos de
discapacidad;
l)
Operar los programas y acciones de
protección y atención de menores y
adolescentes en riesgo; y,
m)
Las demás que le confieran otros
ordenamientos legales, el Ayuntamiento, el
Presidente Municipal y las que le instruya el
titular del Sistema Municipal para el
Desarrollo Integral de la Familia.
V.
Subdirección de Servicios Médicos le corresponde:
a)
Supervisar los centros de salud Municipales;
b)
Gestionar servicios de salud con las
diferentes instancias, sean públicas o
privadas;
c)
Coordinar con las instancias de salud para la
ejecución de las campañas tradicionales, sean
Federales y/o Estatales, así como gestionar
campañas acordes a las necesidades más
sentidas de la población;
d)
Proponer la suscripción de convenios de
colaboración con hospitales y farmacias al
Titular del DIF Municipal;
e)
Planear, desarrollar, promover, coordinar y
evaluar políticas públicas y programas de
salud;
f)
En coordinación con las instancias
necesarias, elaborar un programa efectivo de
medicina preventiva, que permita que la
atención medica ya no sea correctiva;
g)
Instrumentar y vigilar la correcta aplicación
de los lineamientos establecidos por las
instancias nacionales y Estatales de salud;
h)
Vigilar y evaluar la eficiencia de las actividades
realizadas en los consultorios de atención
medica Municipal;
i)
Participar en los diferentes comités
interinstitucionales del sector salud, con el
fin de representar a la coordinación de salud
Municipal en las actividades de asistencia
social correspondientes;
j)
En consenso con las diversas dependencias
de salud pública y siguiendo lineamientos de
salud Estatal, implementar acciones
preventivas y de ser necesario correctivas
ante situaciones adversas extraordinarias de
salud a la población;
k)
Generar un mapa de salud Municipal y
elaborar estrategias para actuar en
consecuencia;
l)
Brindar el apoyo de traslado y/o canalización
de personas en situación vulnerable, de
acuerdo a las necesidades;
m)
Gestionar la adquisición de medicamentos ante
dependencias, particulares u asociaciones;