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PERIÓDICO OFICIAL
Martes 9 de Abril de 2019. 2a. Secc.
COPIA
SIN V
ALOR LEGAL
"V
ersión digit
al de consult
a, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)"
f)
Advertir a las áreas correspondientes sobre
invasión de los parques y jardines;
g)
Coordinar brigadas de trabajo por caso de
fuerza mayor o fortuito se presenten en el
Municipio; y,
h)
Las demás que le confieran otros
ordenamientos legales, el Ayuntamiento, el
Presidente Municipal y las que le instruya el
Secretario de Servicios Públicos.
IV.
Departamento de Panteones le corresponde:
a)
Presentar anualmente los planes y programas
para la gestión de los servicios e instalaciones
a su cargo;
b)
Coadyuvar en la presupuestación del
mejoramiento y ampliación de los mismos;
c)
Gestionar los cementerios municipales;
d)
Facilitar los trámites de inhumación;
e)
Facilitar los trámites de exhumación;
f)
Levantar inventario de los usuarios de los
servicios de inhumación;
g)
Informar a la Tesorería Municipal sobre el
estado fiscal que guarden los usuarios de los
cementerios municipales;
h)
Vigilar que se realicen los enteros
correspondientes a los ingresos previstos por
la ley de la materia en favor del municipio;
i)
Mantener actualizado el libro, registro y
padrón de las perpetuidades; y,
j)
Las demás que le confieran otros
ordenamientos legales, el Ayuntamiento, el
Presidente Municipal y las que le instruya el
Secretario de Servicios Públicos.
V.
Departamento de Mercados le corresponde:
a)
Administrar los Comercios Establecidos o
Permanentes, Comercio Temporal, Comercio
Ambulante, uniones y locatarios
independientes;
b)
Controlar los mercados municipales
contribuirá a su conservación, mantenimiento
y mejora;
c)
Generar un padrón de locatarios de los
mercados municipales, uniones y locatarios
independientes;
d)
Regular el comercio en la vía pública;
e)
Otorgar permisos, licencias y tolerancias para
ejercer el comercio en la vía pública en forma
transitoria;
f)
Regular los tianguis que se establecen en el
Municipio;
g)
Proponer a la tesorería municipal cuotas y
tarifas de los derechos asociados a los
servicios de su ámbito de competencia;
h)
Impedir el establecimiento de puestos sin los
permisos correspondientes;
i)
Vigilar que los puestos fijos y semifijos
entendiéndose que los primeros aquí
e n u n c i a d o s s o n a q u e l l o s q u e s e
e s t a b l e c e n a l í n e a d e c a l l e ,
caracterizándose por vender sus artículos
o productos a transeúntes. Los segundos
s o n a q u e l l o s q u e d u r a n t e e l d í a s e
establecen en forma transitoria en un lugar
fijo y que se retiran dentro de un horario
determinado, cumplan con la normatividad
en la materia;
j)
Atender y resolver dentro del ámbito de su
competencia, las consultas y problemas
planteados por los locatarios de los mercados
públicos, los comerciantes informales y la
ciudadanía en general;
k)
Es el área competente para que en el supuesto
de incumplimiento de disposiciones en la
materia aplique las sanciones de clausura u
otras legalmente previstas;
l)
Vigilar que se respeten los horarios y
condiciones de funcionamiento en los
mercados municipales y mantendrá el orden
dentro de los mismos;
m)
Harán uso de la fuerza pública en los casos
que resulte necesario, procurando causar el
mínimo daño posible, y;