Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 10 de septiembre de 2020
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dentro de este Segundo Distrito Judicial, que comprende
Tampico, Madero y Altamira, Tamaulipas, con el
apercibimiento que de no señalarlo las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal se realizarán
por medio de cédula que se fije en los Estrados de este
Juzgado.- Se hace del conocimiento de las partes, que el
Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas,
motivado por el interés de las personas que tienen algún
litigio, para que cuenten con la opción de resolver en forma
alternativa su conflicto, ha implementado en este Segundo
Distrito Judicial, como una forma de solución de conflictos
La Mediación; creando al efecto el Centro de Mecanismos
Alternativos para la Solución de Controversias en el
Segundo Distrito Judicial del Estado, ubicado en la planta
alta de este mismo edificio, donde se les atenderá en forma
gratuita, si así conviene a sus intereses.- Téngase al
promovente señalado como domicilio convencional para oír
y recibir notificaciones en calle Avenida Monterrey número
410, de la colonia Manuel R. Díaz, de ciudad Madero,
Tamaulipas., entre Alberto Flores y Serapio Venegas, C.P.
89515.- Notifíquese a las partes que, de conformidad con
el Acuerdo 40/2018 del Consejo de la Judicatura de fecha
doce de diciembre de dos mil dieciocho, una vez concluido
el presente asunto contarán con 90 (noventa) días para
retirar los documentos exhibidos, apercibidos de que en
caso de no hacerlo, dichos documentos serán destruidos
junto con el expediente.- Notifíquese personalmente a la
parte demandada.- Así lo provee y firma el Licenciado Raúl
Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera Instancia de
lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, quien
actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez
Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe de lo
actuado.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Lic. Raúl Julián
Orocio Castro.- Juez Tercero de lo Civil.- Lic. Stephanie
Aceneth Velázquez Salas.- Secretaria de Acuerdos.-
Enseguida se hace la publicación de ley.- Conste.
AUTO INSERTO
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- Doy
Fe.
Ciudad Altamira, Tamaulipas; (30) treinta días del mes
de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).- A sus
antecedentes el escrito de cuenta, signado por el Lic.
Fernando Del Ángel Enríquez, quien actúa dentro del
Expediente 00674/2019, visto su contenido y una vez
analizando los autos de fecha (11) once y (17) diecisiete de
septiembre del (2019) dos mil diecinueve, se dejan ambos
sin efecto toda vez que el fundamento que se utilizó no don
materia del presente Juicio, y en atención a su petición.- Y
tomando en consideración que no ha sido posible la
localización del domicilio y paradero de la demandada
GRUPO R.V. AUTOMATIZACIÓN S. A. DE C.V., no
obstante los requerimientos por vía de oficio, se tiene como
ignorado por la parte actora y este tribunal, el domicilio de
dicho demandado, por lo que al tenor del artículo 1070 del
Código de Comercio en vigor, Emplácese a GRUPO R.V.
AUTOMATIZACIÓN S.A. DE C.V., por medio de edictos
que se publicarán en un periódico de circulación amplia y
de cobertura nacional y en un periódico local del Estado,
por TRES VECES consecutivas, en el entendido de que
deberán ser totalmente legibles apercibido de que en caso
de no ser legibles se tendrá por no publicado.- Por dicho
edicto hágase saber a la interesada que deberá presentar
su contestación dentro del término de treinta días a partir
de la fecha de la última publicación.- Expídanse a la parte
actora los edictos ordenados para su publicación, debiendo
a la brevedad exhibir las ediciones que amparen su
cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de
radicación.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los
artículos 1054, 1070 del Código de Comercio; 1°, 315 del
Código Federal de Procedimientos Civiles.- .Así lo provee y
firma el Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero
de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito
Judicial en el Estado, quien actúa con la Licenciada
Stephanie Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de
Acuerdos que autoriza y da fe de lo actuado.- Dos Firmas
Ilegibles.- Rúbricas.- Licenciado Raúl Julián Orocio Castro.-
Juez Tercero de lo Civil.- Licenciada Stephanie Aceneth
Velázquez Salas.- Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se
hace la publicación de ley.- Conste.
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- Doy
Fe.
Altamira, Tamaulipas, a los diecisiete días del mes de
octubre del año dos mil diecinueve.- A sus antecedentes el
escrito de cuenta, signado por el C. Lic. Fernando Del
Ángel Enríquez, quien actúa dentro del Expediente
00674/2019, visto su contenido y en atención a su petición,
y una vez analizando el proveído de fecha 30 de
septiembre se hace la aclaración en cuanto al
emplazamiento por edictos al demandado ordenado
mediante dicho auto, se hace la aclaración que el
emplazamiento ordenado se deriva de que aún y cuando
se señaló el domicilio correcto de la demandada, al acudir
el actuario adscrito al domicilio y posterior a dejarle
diversos citatorios de espera para llevar a cabo el debido
emplazamiento, este no atendía al actuario y no abrían la
puerta de acceso a la persona moral GRUPO R.V.
AUTOMATIZACIÓN S.A. DE C.V., por lo que emplácese al
mismo en los mismos términos del auto antes referido;
debiéndose insertar el presente proveído al de radicación.-
Notifíquese.- Lo anterior con fundamento en los artículos
1054 del Código de Comercio; 1° del Código Federal de
Procedimientos Civiles.- Así lo provee y firma el Licenciado
Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera
Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el
Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth
Velázquez Salas Secretaria de Acuerdos que autoriza y da
fe de lo actuado.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.-
Licenciado Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo
Civil.- Licenciada Stephanie Aceneth Velázquez Salas.-
Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación
de Ley.- Conste.
Es dado el presente edicto en el despacho del Juzgado
Tercero de Primera Instancia de lo Civil, en Altamira,
Tamaulipas, a los 21 de noviembre de 2019.- DOY FE.
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del
Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. RAÚL JULIÁN
OROCIO CASTRO.- Rúbrica.- C. Secretaria de Acuerdos,
LIC. STEPHANIE ACENETH VELÁZQUEZ SALAS.-
Rúbrica.
2603.- Septiembre 8, 9 y 10.- 3v3.