Victoria, Tam., jueves 17 de septiembre de 2020
Periódico Oficial
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dieciocho, una vez concluido el presente asunto contarán
con 90 (noventa) días para retirar los documentos
exhibidos, apercibidos de que en caso de no hacerlo,
dichos documentos serán destruidos junto con el
expediente.- Notifíquese Personalmente.- Lo anterior con
fundamento en lo expuesto por los artículos 4, 30, 52, 172,
173, 530, 531, 532, 533, 534, 535 y demás relativos del
Código Procesal Civil.- Así lo provee y firma el Licenciado
Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de Primera
Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial en el
Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie Aceneth
Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que autoriza y da
fe de lo actuado.- Lic. Raúl Julián Orocio Castro.- Juez
Tercero de lo Civil.- Lic. Stephanie Aceneth Velázquez
Salas.- Secretaria de Acuerdos.- Enseguida se hace la
publicación de ley.- Conste.- Dos Firmas Ilegibles.-
Rúbricas.
En esta misma fecha la suscrita Secretaria de Acuerdos
del Juzgado da cuenta al Titular de la presente promoción
a fin de que se acuerde lo que en derecho proceda.- Doy
Fe.
Ciudad Altamira, Tamaulipas; a los (26) veintiséis días
del mes de noviembre del año (2019) dos mil diecinueve.-
A sus antecedentes el escrito de cuenta, signado por la C.
LIC. IDIDA ANALY GÓMEZ CRUZ, quien actúa dentro del
expediente 00525/2019, visto su contenido y en atención a
su petición.- Y tomando en consideración que no ha sido
posible la localización del domicilio y paradero del
demandado el C. WILIAMS DE JESÚS ARANDA LÓPEZ,
no obstante los requerimientos por vía de oficio, se tiene
como ignorado por la parte actora y este tribunal, el
domicilio de dicho demandado, por lo que al tenor de la
fracción VI del artículo 67 del código de procedimientos
civiles vigente en el Estado, Emplácese al C. WILIAMS DE
JESÚS ARANDA LÓPEZ, por medio de edictos que se
publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un diario
de los de mayor circulación, por TRES VECES
consecutivas, además de fijarse en la puerta del Juzgado
en el entendido de que deberán ser totalmente legibles
apercibido de que en caso de no ser legibles se tendrá por
no publicado.- Por dicho edicto hágase saber al interesado
que deberá presentar su contestación dentro del término
de sesenta días a partir de la fecha de la última
publicación.- Lo anterior se autoriza en la inteligencia de
que si por cualquier medio se toma conocimiento del
domicilio de dicho demandado, o apareciere que
maliciosamente se dijo ignorarlo, el emplazamiento
ordenado se tendrá como no hecho, y se mandará
practicarlo en el domicilio que resulte conocido.- Expídanse
a la parte actora los edictos ordenados para su publicación,
debiendo a la brevedad exhibir las ediciones que amparen
su cumplimiento.- Debiéndose insertar este proveído al de
radicación.- Notifíquese.- Así, con fundamento en los
artículos 4º, 55, 66, 67, 68, 255 y 256 del Código de
Procedimientos Civiles en vigor.- Así lo provee y firma el
Licenciado Raúl Julián Orocio Castro, Juez Tercero de
Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial
en el Estado, quien actúa con la Licenciada Stephanie
Aceneth Velázquez Salas, Secretaria de Acuerdos que
autoriza y da fe de lo actuado.
Lic. Raúl Julián Orocio Castro.- Juez Tercero de lo
Civil.- Lic. Stephanie Aceneth Velázquez Salas.- Secretaria
de Acuerdos.- Enseguida se hace la publicación de ley.-
Conste.- Dos Firmas Ilegibles.- Rúbricas.- Es dado el
presente edicto en el despacho del Juzgado Tercero de
Primera Instancia de lo Civil, en Altamira, Tamaulipas, a los
18 de diciembre de 2019.- DOY FE.
C. Juez Tercero de Primera Instancia de lo Civil del
Segundo Distrito Judicial en el Estado, LIC. RAÚL JULIÁN
OROCIO CASTRO.- Rúbrica.- C. Secretaria de Acuerdos,
LIC. STEPHANIE ACENETH VELÁZQUEZ SALAS.-
Rúbrica.
2713.- Septiembre 15, 16 y 17.- 3v3.
E D I C T O
Juzgado Quinto de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
CC. IRIS ARZALIA SALAZAR LERMA Y
MARÍA CRISTINA SALAZAR LERMA.
DOMICILIO IGNORADO.
La Licenciada María Inés Castillo Torres, Jueza del
Juzgado Quinto de Primera Instancia de lo Civil del
Segundo Distrito Judicial del Estado, con residencia en
Altamira Tamaulipas por auto de fecha treinta de enero del
dos mil diecinueve, radico el Expediente Número
00123/2019, relativo al Juicio Ordinario Civil, promovido por
CATALINA SALAZAR LERMA, DULCE AMÉRICA
SALAZAR
LERMA,
MANUEL
SALAZAR
LERMA,
MARISELA SALAZAR LERMA, MARTHA ESTELA
SALAZAR LERMA, RODOLFO SALAZAR LERMA,
VIRGINIA
SALAZAR
LERMA
en
contra
de
ADMINISTRACIÓN
DESCONCENTRADA
DE
RECAUDACIÓN DE TAMAULIPAS, IRIS ARZALIA
SALAZAR LERMA, MARÍA CRISTINA SALAZAR LERMA,
RAMONA SALAZAR LERMA, a quien le reclama las
siguientes prestaciones:
“A).- Aprobar por sentencia la división a la propuesta
por los suscritos de las Fincas Urbanas No. 5158, ubicados
en el lote 5, manzana F-5 Sector II, Sección II, Región I de
la colonia Guadalupe Victoria de Tampico Tamaulipas con
superficie de 621.60 metros cuadrados y la Finca No. 5092,
de la fracción del lote número 3, manzana S-1 Sector II
Sección V, Región I en la colonia Hidalgo en el municipio
de ciudad Madero Tamaulipas con superficie 165.00
metros cuadrados, B).- Se ordene la protocolización de la
división en los términos del proyecto que se propone ante
notario público, C).- El pago de gastos y costas que genere
la tramitación del presente Juicio en caso de oposición”.- Y
mediante auto de fecha ***, Y toda vez que no fue posible
su localización personal en sus domicilio, por lo que se
ordena emplazarlo por edictos que se publicaran por TRES
VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y
en otro de los de mayor circulación de esta ciudad,
asimismo se fijara además en la puerta del Juzgado,
haciéndose saber a IRIS ARZALIA SALAZAR LERMA Y
MARÍA CRISTINA SALAZAR LERMA, que deberá de
presentar su contestación de demanda dentro del plazo de
sesenta días contados a partir de la última publicación del
edicto, haciéndosele saber que las copias simples de la
demanda y sus anexos debidamente requisitados se
encuentran a su disposición en la Secretaria de este H.
Juzgado.- Es dado en Altamira, Tamaulipas, a 22 de
octubre de 2019.- DOY FE.
ATENTAMENTE
Jueza Quinto Civil de Primera Instancia, LIC. MARÍA
INÉS CASTILLO TORRES.- Rúbrica.- Secretaria de