Periódico Oficial No. Extraordinario, Julio 14 del 2020 Página 5
IV.
Elaborar y aprobar el padrón de
beneficiarios;
V.
Autorizar la publicación de los
resultados; y
VI.
Las demás que sean aprobadas por
el Comité Técnico.
CAPÍTULO IV
REQUISITOS PARA ACCEDER AL
PROGRAMA “BECA GOBERNADOR”
2020
ARTÍCULO 10. El Comité Técnico deberá
emitir la convocatoria del Programa, indicando
las especificaciones para el otorgamiento del
estímulo económico, debiendo incluir de
manera enunciativa más no limitativa los
requisitos mínimos siguientes:
I.
Ser tlaxcalteca y/o haber concluido
sus estudios previos a la formación
profesional o de posgrado en
instituciones educativas del Estado
de Tlaxcala;
II.
Estar inscritos en un programa de
estudios de nivel Licenciatura,
Maestría o Doctorado, en alguna
institución de educación superior o
de posgrado en el extranjero;
III.
Realizar la descarga de un archivo
digital del registro de solicitud, para
participar en el Programa , en la
página
oficial:
https://www.septlaxcala.gob.mx, el
cual deberá imprimirse para la
integración de la información
requerida, digitalizarla y enviarla al
correo
electrónico:
becadelgobernador@septlaxcala.go
b.mx, adjuntando los documentos
en formato “.jpg” o “.pdf”, mismos
que son:
1.- Acta de nacimiento,
2.- Pasaporte vigente,
3.- Identificación
oficial
(credencial
de
elector,
licencia de manejo, cartilla
militar
o
credencial
de
estudiante),
4.- Documento probatorio oficial
de estudios previos a la
formación profesional o de
posgrado en instituciones
educativas del Estado de
Tlaxcala,
5.- Documento probatorio oficial
de la institución educativa en
el extranjero a la que
actualmente
pertenece
el
estudiante (carta de admisión
reciente
y/o
tira
de
calificaciones), y
IV.
Los demás que sean necesarios
requeridos por el Comité Técnico.
Derivado de lo anterior, cuando se entregue por
parte del aspirante al Programa, la totalidad de
los documentos requeridos se formará un
expediente al cual se le dará un número de folio
mismo que se le proporcionará al solicitante.
ARTÍCULO 11. La veracidad de la
información
y
la
autenticidad
de los
documentos presentados, serán responsabilidad
del aspirante al Programa, quien en caso de
presentar documentación falsa será dado de
baja del Programa, además de que se dará aviso