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PERIÓDICO OFICIAL
29 de septiembre de 2020
IV. Supervisión del dispositivo
El personal responsable del dispositivo electrónico (Tablet), previo al desempeño de sus funciones, deberá
asegurarse de que el dispositivo se encuentre funcional, actualizado, con conectividad a internet y con el nivel
óptimo de batería.
En caso de percatarse de que el dispositivo no se encuentra en condiciones óptimas para su funcionamiento,
dará aviso inmediato a su mando superior mediante la tarjeta informativa correspondiente, quien deberá dar aviso
al enlace del CIAS, para que se efectúe el soporte técnico correspondiente.
V. Negligencia en el uso del dispositivo
El daño, falla, extravío o robo del dispositivo electrónico (Tablet), por negligencia del personal operativo que la
tenga a cargo o bajo resguardo, deberá informase de inmediato a su mando superior mediante la tarjeta
informativa correspondiente, quien deberá dar aviso al enlace del CIAS, para que se efectúe el soporte técnico
correspondiente.
Además, se iniciaría el procedimiento administrativo correspondiente para el pago, compostura o reposición del
dispositivo, por responsabilidad a cargo del usuario responsable, sin perjuicio del procedimiento que deba
iniciarse ante la Unidad de Asuntos Internos.
VI. Mantenimiento y actualización del dispositivo
El mantenimiento y actualización al equipo tecnológico, se llevará a cabo de conformidad con la calendarización
que emita el enlace del CIAS, por lo que el encargado del resguardo de los dispositivos deberá ponerlos a
disposición del enlace del CIAS en la fecha correspondiente.
Cuando el personal operativo o un tercero con autorización de aquel, altere, modifique, dañe o destruya el equipo
tecnológico, se iniciará el procedimiento disciplinario correspondiente, en términos del Reglamento del Servicio
Profesional de Carrera Policial, Profesionalización y Régimen Disciplinario de la Secretaría de Seguridad
Ciudadana del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.
VII. Fallas durante la recepción de la denuncia
Cuando se presente alguna falla durante el registro de una denuncia D1, el personal operativo deberá:
1. Solicitar a su superior jerárquico que le sea remitida al lugar de los hechos otro dispositivo electrónico
Tablet para efectuar el registro de la denuncia, y
2. Cuando no se pueda enviar la denuncia por falta de conectividad, se recibirá la denuncia y se le indicará al
denunciante que en unos minutos le será enviado a su correo electrónico el Cuestionario Único
correspondiente a su denuncia. Posteriormente, buscará una zona con conectividad y realizará el envió
correspondiente.
Por ningún motivo el personal operativo podrá argumentar la no atención al particular por fallas técnicas en el
equipo.
VIII. Vigilancia del dispositivo
El enlace del CIAS podrá llevar a cabo las inspecciones que considere pertinentes, a efecto de vigilar el
cumplimiento de los presentes Lineamientos, debiendo dar vista a la Unidad de Asuntos Internos de las
irregularidades detectadas.