Victoria, Tam., martes 20 de octubre de 2020
Periódico Oficial
Página 22
LUZ DE LOS RÍOS DE VERGARA Y VICENTE VERGARA,
que deberán de presentar su contestación de demanda
dentro del plazo de sesenta días contados a partir de la
última publicación del edicto, haciéndosele saber que las
copias simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaria de este H. Juzgado.- Es dado en Altamira,
Tamaulipas, a 31 de agosto de 2020.- DOY FE.
ATENTAMENTE
Jueza Quinto Civil de Primera Instancia, LIC. MARÍA
INÉS CASTILLO TORRES.- Rúbrica.- Secretaria de
Acuerdos, LIC. MARÍA ESTELA VALDÉS DEL ROSAL.-
Rúbrica.
3422.- Octubre 20, 21 y 22.- 1v3.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Cuarto Distrito Judicial.
H. Matamoros, Tam.
C. JUAN ANTONIO GARCIA TORRES.
CUYO DOMICILIO SE IGNORA.
El Licenciado José Ruiz Castillo, Secretario de
Acuerdos del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo
Civil del Cuarto Distrito Judicial, encargado del despacho
por ministerio de ley en los términos de los artículos 77
fracción XVII, 103 y 105 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado, actuando ante las testigos de
asistencia Lic. Rosalba Medina Villanueva y Lic. Byanca
Giovanna Jerez Gutiérrez en proveído de fecha nueve (09)
de marzo del dos mil veinte (2020), radicó el Expediente
Número 00168/2020 relativo al Juicio Sumario Civil sobre
División de Cosa Común y División de Usufructo,
promovido por José Guadalupe Cantú Ramírez, Apoderado
Legal de CLAUDIA ELENA CANTÚ GARCIA, en contra de
JUAN ANTONIO GARCIA TORRES Y JUAN BELTRÁN
GARCIA GARCIA y toda vez que su demandante dice
ignorar su domicilio con fundamento en los artículos 1°, 2°,
4°, 5°, 22, 40, 52, 67, fracción VI y 105 del Código de
Procedimientos Civiles vigente en el Estado, se ordenó
notificar al codemandado JUAN ANTONIO GARCIA
TORRES, por medio de edictos mediante proveído de
fecha cinco (05) de octubre del dos mil veinte (2020), que
se publicará por TRES VECES consecutivas en el
Periódico Oficial del Estado y en un diario de mayor
circulación en esta ciudad y en los Estrados de este
Juzgado, con las copias simples de la demanda,
documentos y de este proveído para el traslado de Ley, la
cual quedara a su disposición en la Secretaría de este
Tribunal para que de su contestación dentro del término de
sesenta días contados a partir de la fecha de la última
publicación del edicto, apercibiéndosele que deberá
señalar domicilio en esta ciudad para oír y recibir
notificaciones como lo previene el artículo 66 del
ordenamiento legal antes invocado; así como proporcionar
usuario y/o cuenta electrónica, para autorizar los medios
digitales como son los servicios de consulta de
expedientes, presentar promociones electrónicas y
notificación personal electrónica de conformidad a la
modificación al Acuerdo General 15/2020, emitida por el
Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, en fecha
treinta y uno (31) de Agosto del dos mil veinte (2020), en
su Punto Quinto y en caso de no hacerlo las subsecuentes
y aún las personales se le harán en Estrados Electrónicos
de este Tribunal.
H. Matamoros, Tamps; a 05 de octubre de 2020.-
Secretaria de Acuerdos, LIC. GUADALUPE RAMOS
SAUCEDO.- Rúbrica.
3423.- Octubre 20, 21 y 22.- 1v3.
E D I C T O
Juzgado Tercero de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
C. RAMONA BÁEZ RAMÍREZ
DOMICILIO IGNORADO.
El Licenciado José Alfredo Reyes Maldonado, Juez
Tercero de Primera Instancia de lo Familiar del Primer
Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha catorce de
noviembre del dos mil diecinueve, ordenó la radicación del
Expediente Número 1324/2019, relativo al Juicio de
Divorcio Incausado, promovido por MARIO MARTÍNEZ
RAMÍREZ, en contra de usted, de quien reclama las
siguientes prestaciones:
A).- La Disolución del Vínculo Matrimonial que nos une,
por la causa señalada en el artículo 248 del Código Civil
vigente de la Entidad.
B).- La Liquidación de la Sociedad Conyugal que
constituí con la hoy demandada, derivada del Vínculo
Matrimonial que nos une.
Y por el presente que se publicará por TRES VECES
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado y en otro de
los de mayor circulación de esta ciudad, así mismo se fijará
además en la puerta del local del Juzgado, haciéndole
saber que deberá presentar su contestación dentro del
plazo de sesenta días, contados a partir de la fecha de la
última publicación del edicto, en la inteligencia de que las
copias simples de la demanda y sus anexos debidamente
requisitados se encuentran a su disposición en la
Secretaría de este Juzgado, y que de no comparecer a
Juicio se seguirá éste en su rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones de carácter personal por medio de
cédula a que se fije en los Estrados de este Juzgado.
ATENTAMENTE
Cd. Victoria, Tam., 07/10/2020.- Juez Tercero de
Primera Instancia Familiar del Primer Distrito Judicial en el
Estado, LIC. JOSÉ ALFREDO REYES MALDONADO.-
Rúbrica.- Secretario de Acuerdos, LIC. ALFREDO ISRAEL
JARAMILLO ARAIZA.- Rúbrica.
Se firma electrónicamente el presente documento por el
Juez y Secretaria de Acuerdos, atento a lo establecido en
los artículos 2 fracción I, 3 fracción XIV y 4.1, de la Ley de
Firma Electrónica Avanzada para el Estado de Tamaulipas,
disponiendo este último lo siguiente: “(...) artículo 4. 1.- La
firma electrónica avanzada utilizada en documentos
electrónicos o documentos escritos tendrá respecto de los
datos consignados en forma electrónica el mismo valor que
la firma manuscrita en relación con los consignados en
papel; y no altera las normas relativas a la celebración,
formalización, validez y eficacia de los contratos y
cualesquiera otros actos jurídicos, ni las relativas a los
documentos en que unos y otros consten. (...)”.
3424.- Octubre 20, 21 y 22.- 1v3.