Victoria, Tam., miércoles 21 de octubre de 2020
Periódico Oficial
Página 12
Y por el presente que se publicará por UNA SOLA VEZ
en el Periódico Oficial del Estado y en otro de los de mayor
circulación de esta ciudad, se convoca a todos los que se
consideren con derecho a la herencia y a los acreedores
en su caso para que se presenten a deducirlo en el término
de quince días contados a partir de la publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
Ciudad Victoria, Tam., 03 de diciembre de 2019.- La C.
Secretaria de Acuerdos del Juzgado Primero de Primera
Instancia en Materia Familiar, LIC. OLGA LIDIA JUÁREZ
GÁMEZ.- Rúbrica.
3435.- Octubre 21.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
A QUIEN CORRESPONDA:
El Ciudadano Licenciado Pedro Caudillo Gutiérrez,
Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, del
Primer Distrito Judicial en el Estado, mediante auto de
fecha nueve de abril del año dos mil diecinueve, se ordenó
la radicación del Expediente Número 00399/2019, relativo
al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de JUAN
CORTES HERNANDEZ, denunciado por CLAUDIA
ELIZABETH CORTEZ URBANO.
Y por el presente edicto que se publicará por UNA
SOLA VEZ en el Periódico Oficial del Estado y en un
periódico de los de mayor circulación en esta ciudad, se
convoca a todos los que se consideren con derecho a la
herencia y en su caso a los acreedores, para que se
presenten en el Juzgado a deducirlo en el término de
quince días contados a partir de la última publicación del
edicto.
ATENTAMENTE
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”
Cd. Victoria, Tamaulipas 01 de octubre de 2020.-
Secretaria de Acuerdos, LIC. NALLELY DUVELSA
SÁNCHEZ BÁEZ.- Rúbrica.
3436.- Octubre 21.- 1v.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Primer Distrito Judicial.
Cd. Victoria, Tam.
Cd. Victoria, Tam., a 30 de septiembre del año 2020.
C. RICARDO MARTÍNEZ PONCE.
DOMICILIO IGNORADO.
El C. Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez
Segundo de Primera Instancia del Ramo Civil del Primer
Distrito Judicial en el Estado, en el Expediente Número
00503/2018, relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil,
promovido por C.C. Licenciados Raúl Alejandro Pérez
López, Gabriela Gómez Garcia, Adriana Chávez Morales,
Alberto Lanis Maldonado, Raybel Alejandro Garza
Grimaldo, José Gerado Anaya Escobedo, Erik Francisco
Montelongo Abundis, José Mauricio Luciano Rosas, en su
carácter de Apoderados legales de INSTITUTO DE
PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS (IPSSET), en contra de usted, se dictó un
auto en fecha dos de septiembre del año en curso, que a la
letra dice:
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a los (02) dos días del
mes de septiembre del año dos mil veinte (2020).- Por
recibido electrónicamente el escrito presentado en fecha
treinta y uno de agosto del año en curso por el C.
Licenciado Raybel Alejandro Garza Grimaldo, en su
carácter de apoderado legal de la persona moral actora,
dentro del Expediente Número 00503/2018.- Como lo
solicita el compareciente, y toda vez que la parte
demandada RICARDO MARTÍNEZ PONCE, no dio
cumplimiento voluntario al requerimiento que se le hiciera
mediante proveído del siete de enero del año en curso, en
consecuencia, se le hace efectivo el apercibimiento
consistente en ejecución forzosa de la sentencia; por lo
que mediante éste proveído, se inicia la etapa de ejecución
forzosa de la sentencia y se dicta auto de mandamiento en
forma para que sea requerido de pago el demandado
RICARDO MARTÍNEZ PONCE, por lo que se requiere a
éste, el pago de la cantidad de $80,074.27 (OCHENTA MIL
SETENTA Y CUATRO PESOS 27/100 M.N.), por concepto
de suerte principal y demás prestaciones condenadas en
este Juicio, lo que podrá hacerlo dentro del término de tres
días posteriores a la fecha en que cause efectos legales el
presente requerimiento, y en caso de impago, señale
bienes de su propiedad susceptibles de embargo
suficientes que garanticen las prestaciones referidas, cuya
preferencia le corresponderá al demandado y ante su
negativa al actor, los cuales se pondrán en depósito de
persona que designe éste bajo su responsabilidad.- Ahora
bien, apareciendo de autos que la parte demandada
RICARDO MARTÍNEZ PONCE, fue emplazado mediante
edictos, desconociéndose a la fecha su domicilio particular,
por lo que, conforme a lo que dispone el artículo 678
fracción I del Código de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria al Mercantil, la diligencia de
requerimiento de pago y embargo ordenada en este
proveído, debe realizarse mediante edictos a publicarse
por dos veces consecutivas en un periódico de los de
mayor circulación y UNA VEZ en el Periódico Oficial del
Estado, fijándose, además, cédula en la puerta del
Juzgado.
Por otra parte, visto y analizado lo solicitado por el
compareciente en el sentido de que se decrete a trabar el
embargo de un vehículo propiedad del demandado
RICARDO MARTÍNEZ PONCE, al efecto se le dice que no
ha lugar a proveer de conformidad su petición toda vez que
el oficio SCRD/ 011297/2020, de fecha veintiséis de marzo
del año actual al que hace mención se encuentra dirigido a
otra autoridad distinta a éste Juzgador, por lo que deberá
presentar información actualizada en el momento oportuno
para poder proceder a realizar el embargo que requiere,
por lo que agréguese a los autos para que obre como
corresponda.- Lo anterior con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 16 Constitucional, 1054, 1063, 1077 y
1347 del Código de Comercio y 678 fracción I del Código
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria del de
Comercio.- Notifíquese.- Así lo acuerda y firma el
Licenciado Isidro Javier Espino Mata, Juez Segundo de
Primera Instancia Civil del Primer Distrito Judicial en el
Estado, quien actúa con Civil del Primer Distrito Judicial en
el Estado, quien actúa con el C. Licenciado Martín Eliseo
Olvera Ortiz, Secretario de Acuerdos que autoriza y DA FE.