Victoria, Tam., miércoles 28 de octubre de 2020
Periódico Oficial
Página 10
Copia de situación fiscal emitida por oficina fiscal de su localidad, para personas morales del Estado de
Tamaulipas (personas morales).
Copia de referencia bancaria (estados de cuenta o escrito firmado por el gerente de la institución
bancaria).
Para proveedores con actividad empresarial de venta de medicamentos, anexar sus permisos
actualizados expedidos por la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris).
Así como, los documentos administrativos-financieros que deberán presentar los oferentes, para
garantizar la solvencia y capacidad del proveedor, de acuerdo con los requisitos establecidos en las
bases correspondientes, y anexos que la integren.
La anterior documentación simplificada, también será aplicable para aquellos servicios de arrendamiento de
inmuebles y servicios profesionales de consultoría, asesorías, estudios investigación o capacitación.
El contar con registro vigente en el Padrón no será requisito para ningún otro trámite o servicio, diferente a la
formalización de contratos, derivados de los procedimientos regulados por la Ley.
8. De conformidad con el numeral 3, del Artículo 26 de la Ley, no será requisito estar inscrito en el Padrón de
Proveedores, para la celebración de contratos, en los siguientes casos:
Cuando se trate de adquisiciones de bienes perecederos, correspondientes a las fracciones IX y XI, del
Artículo 65 de la Ley.
Cuando sea necesario adquirir un bien con características o marca específica que sólo un proveedor
pueda proporcionar, correspondientes a las fracciones I, VIII, XII y XIII.
Cuando se trate de adquisiciones extraordinarias motivadas por casos fortuitos o de fuerza mayor; cuando
existen circunstancias que pueden provocar trastornos graves, pérdidas o costos adicionales importantes,
o cuando peligre o se altera el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad
o el medio ambiente de alguna zona o región del Estado, como consecuencia de desastres producidos
por fenómenos naturales, correspondientes a las fracciones II, III, y V, del Artículo 65 de la Ley.
Cuando se requiera efectuar consultas y asesorías, correspondientes a las fracciones X y XIV, del Artículo
65 de la Ley.
Cuando se trate de equipamiento relacionado directamente con las funciones de seguridad pública,
procuración de justicia, reintegración social y familiar del menor infractor o reinserción social, así como
cualquier contratación de bienes o servicios que esté relacionada con esas funciones y, en general, con la
seguridad del Estado y los Municipios, correspondientes a la fracción IV, del Artículo 65 de la Ley.
Además de los casos de excepción autorizados por la Secretaría, mediante reglas de carácter general.
Sin embargo, para la formalización de un pedido y/o contrato, deberán cumplir con las fracciones I, II, III y VI, así
como las fracciones IV y V cuando sea aplicable, del numeral 1 del artículo 27 de la Ley. En caso contrario y sin
excepción, se cancelará la adjudicación o pedido emitido.
9. Toda persona física o moral podrá solicitar su inscripción al Padrón, como interesado en ser proveedor del
Gobierno del Estado, que de cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 27, se le otorgará una
Constancia de Registro al Padrón, que servirá como comprobante de la entrega de los documentos señalados en
el artículo 27 de la Ley; y, formará parte del Padrón una vez que se lleve a cabo el cotejo de la documentación y
haya formalizado un contrato. Previo a la firma del contrato, deberá de solicitar el Certificado de Inscripción al
Padrón correspondiente, lo cual será requisito para la formalización del contrato, como lo establece el numeral 1
del artículo 26 de la Ley.
Con respecto al cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 1 del Artículo 27 de la Ley, los
interesados podrán presentar la documentación a que se hace referencia en dicho numeral, por medios
electrónicos, en formato PDF, legibles y completos, al correo electrónico: proveedores@tam.gob.mx.
Esta documentación deberá presentarse anexa a la solicitud, en las oficinas que ocupa el departamento de
padrón de proveedores dependiente de la dirección general de compras y operaciones patrimoniales de la
secretaría de administración en el centro gubernamental de oficinas del Parque Bicentenario piso 5, Boulevard
Praxedis Balboa con libramiento Naciones Unidas, C.P. 87083, Ciudad Victoria, Tamaulipas, únicamente para
cotejo y verificación cuando se la haya adjudicado un contrato, previo a su firma, con documentos actualizados.
Llevado a cabo el cotejo y verificación, se procederá a expedir el Certificado de Inscripción al Padrón.
10. Si se han tenido modificaciones en los datos generales registrados en el padrón de proveedores, giros
comerciales en los que se encuentra registrado o ha incrementado los mismos, deberá anexar un escrito
debidamente sellado y firmado a través del cual se solicitarán las modificaciones procedentes.
Los formatos que apruebe la Secretaría, para dar cumplimiento a la fracción I, del numeral 1 del Artículo 27 de la
Ley, deberá contener la siguiente información mínima.
Datos generales del interesado
Nombre (en caso de ser persona física) o razón social (en caso de ser persona moral).