PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 9 de 2020
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Campeche, en su artículo 53
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, debiendo obrar este documento público
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, en dicho
procedimiento como prueba, acreditando el presente inciso con la Resolución
fundada y motivada, en la que obran los razonamientos de fondo sobre el estudio
de sus responsabilidades.
CUARTA: De igual manera, se solicita que al momento de aplicar la sanción
correspondiente, se cumpla con lo establecido en el artículo 63, de la Ley General
de Responsabilidades Administrativas, debiendo tomar en consideración que los
CC. Sergio Henry Och Santini, Francisco Antonio Chan Canul, Ángel Antonio
Ek May y Álvaro Mas Toledo, Director, Inspectores de Gobernación Municipal
y Secretario del H. Ayuntamiento, son servidores públicos que omitieron
tomar en consideración, la
gravedad de la responsabilidad en que incurrieron, y la
conveniencia de suprimir prácticas que infrinjan, en cualquier forma, las
disposiciones de esta ley o las que se dicten con base en ella, resultando de su
omisión la
Violación a los Derechos del Niño a una Vida Libre de Violencia.
QUINTA: Que instruya a los CC. Sergio Henry Och Santini, Francisco Antonio
Chan Canul, Ángel Antonio Ek May y Álvaro Mas Toledo, para que en base al
marco normativo que rigen sus funciones, efectúen las medidas necesarias
encaminadas a evitar la consumación de violaciones a derechos humanos, y que
no se cometan de nueva cuenta, como las acreditadas en el presente caso.
SEXTA: Que emita una circular dirigida a todo su personal directivo y mandos
medios para que, en casos subsecuentes, cuando esta Comisión Estatal emita
medidas de protección, éstas sean cumplidas eficazmente, así como las
responsabilidades administrativas en que puedan incurrir en caso de su
incumplimiento toda vez que se comprobó la violación a derechos humanos,
calificada como en
Incumplimiento en la Emisión o Adopción de Medidas de
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Vigente en el momento en que acontecieron los hechos que motivaron la presente investigación.
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Artículos 4 y 45 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche.