PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 2 de 2020
SECCIÓN JUDICIAL
los bienes y servicios a conformidad del área requirente y firma de acta entrega-recepción que para tales efectos emita
el Estado.
•
Plazo de entrega: 10 días hábiles para las partidas 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, contados a partir del día siguiente de
la firma del contrato correspondiente y para la partida 8, el plazo iniciará a partir de la firma del contrato y concluirá
máximo, hasta el 31 de diciembre de 2020.
San Francisco de Campeche, Cam., a 02 de octubre de 2020.- Ing. Gustavo Manuel Ortiz González, Secretario
de Administración e Innovación Gubernamental.- Rúbrica.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE CAMPECHE.- JUZGADO PRIMERO DEL RAMO
PENAL DEL SEGUNDO DISTRITO JUDICIAL DEL
ESTADO.
EXPEDIENTE: 88/13-2014/1E-II.
CEDULA DE NOTIFICACIÓN POR EL PERIÓDICO
OFICIAL
C. MARÍA EVA PINEDA SÁNCHEZ.
Hago saber que en el expediente señalado en la parte
superior derecha, Instruido en contra de la ciudadana
MARÍA EVA PINEDA SÁNCHEZ, por el delito de lesiones
y daños en propiedad ajena imprudencial por motivo
de tránsito de vehículo, querellado por los ciudadanos
CLAUDIO ALEJANDRO VELASCO MORALES, JOSÉ
RAMÓN CRUZ ARIAS Y MARICELA CRUZ ARIAS;
Se dictó un auto el día once de septiembre de dos mil
veinte, el cual en su parte conducente dice:
“Al respecto SE PROVEE;
(…)Asimismo y siendo que de las constancias que
obran en autos, se advierte que se desconoce el domicilio
de la C. PINEDA SÁNCHEZ, ya que de la búsqueda y
localización, no se tuvo resultados favorables respecto
antes mencionado, tal como se aprecia en lo siguiente:
•
Mediante proveído del veintisiete de febrero del
dos mil veinte, (ver a foja 194), se ordenó la búsqueda
y localización de la C. MARÍA EVA PINEDA SÁNCHEZ,
girando oficio a las diferentes dependencias, esto en
virtud de que se desconoce el domicilio.
•
Por lo que con fecha veintiséis de marzo
y catorce de agosto, se acumularon algunos de los
oficios de las diversas dependencias, no obteniéndose
domicilio diverso al que obra en autos.
•
Asimismo, mediante el presente proveído
se acumula el oficio de la dependencia que falta, no
obteniéndose resultados favorables.
Por lo anterior, se ordena a la actuaria se sirva notificar
a la acusada C. MARÍA EVA PINEDA SÁNCHEZ por
medio de edictos publicados tres veces consecutivas
en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de
conformidad con lo establecido en el artículo 221 Párrafo
II, con relación al 99 del Código de Procedimientos
Penales del Estado, para efectos de que comparezca
ante este Juzgado Primero Penal del Ramo Penal de
este Segundo Distrito Judicial del Estado de Campeche,
ubicado en carretera Carmen-Puerto real kilómetro 4.5
código postal 24155 anexo al CE.RE.SO, de Ciudad del
Carmen, Campeche; en el lapso de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente en que se realice
la notificación, con la finalidad de que en audiencia
pública, se le haga del conocimiento del estado procesal
de dicha causa penal; cabe mencionar que para no
sentirse afectado en actividades como podría ser la
laboral, puede hacer uso del sistema de citas en Línea
del Poder Judicial del Estado, agendando la fecha y
hora en que le sea factible acudir, claro está ajustándose
dentro del periodo de tiempo que se le señalo líneas
arriba, apercibido que en caso de no presentarse ante el
juzgado, en el plazo concedido se procederá a dar vista
al Agente del Ministerio Público, con la finalidad de que
manifieste lo que a su derecho corresponda.
De igual forma, se apercibe a la C. Actuaria para que
deje constancias fehacientes en autos del cumplimiento
que dé a lo ordenado líneas precedentes, y para ello se
le otorga un término de tres días posteriores a la fecha
en que se le haga entrega del presente expediente,
apercibida que en caso contrario, se hará acreedora
de las correcciones disciplinarias correspondientes,
tal como lo señala el numeral 35 del Código de
Procedimientos Penales, consistente en una multa de
tres días de salario mínimo, la que se hace extensiva
a la Secretaria de Acuerdos, para el caso de recibir el