Periódico Oficial
Edición Vespertina
Victoria, Tam., domingo 15 de noviembre de 2020
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Edición Vespertina, de conformidad con el artículo 10, párrafo primero de la Ley del Periódico Oficial del Estado.
SECCIÓN VI
De la Entrega de las Propuestas
Artículo 50.- La entrega de las propuestas se efectuará en el acto de apertura y se presentarán en sobre
cerrado. La documentación distinta a la propuesta técnica y económica podrá entregarse, a elección del
licitante, dentro o fuera de dicho sobre.
Artículo 51.- Las propuestas deberán presentarse mediante escrito original, en papelería membretada del
licitante, firmada al final de la propuesta y rubricada en todas sus hojas por el representante legal o persona
legalmente autorizada, no debiendo contener tachaduras o enmendaduras, de preferencia foliada. Salvo la
firma del representante legal o persona legalmente autorizada, las omisiones de los otros requisitos de
forma no serán motivo de descalificación. En caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas
técnica y económica, el servidor público que presida el acto procederá a subsanarlas en presencia de los
participantes en el procedimiento.
Artículo 52.- Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de
constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas morales, siempre que, para tales efectos,
en la propuesta y en el contrato se establezcan con precisión, y a satisfacción del Comité, las partes de los
trabajos o servicios que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigirá el
cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante
común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
SECCIÓN VII
De la Apertura de Propuestas
Artículo 53.- El acto de apertura de propuestas se realizará en sesión pública que presidirá el Presidente
del Comité, con la asistencia del Secretario Técnico del Comité, pudiendo contar con la intervención del
Secretario Comisario, y la presencia del Secretario General, Secretario Ejecutivo y del Asesor Jurídico, los
que actuarán en el ámbito de su respectiva competencia, de no ser posible la presencia de las áreas
indicadas, éstas podrán proponer a los servidores públicos correspondientes, quienes deberán rendir un
informe a la brevedad respecto de su intervención en el evento.
Artículo 54.- El acto de apertura de propuestas se realizará conforme a lo siguiente:
I.
El Comité a la hora de convocada pasará lista de asistencia y solamente los que estuvieren presentes,
se les recepcionará su propuesta en sobres debidamente cerrados;
II.
Se podrá celebrar en un solo evento cuando la naturaleza, complejidad y magnitud de los trabajos a
realizar así lo permitan. En caso de que la apertura de las propuestas no se realice en la misma fecha,
los sobres cerrados que las contengan serán firmados por los licitantes y los servidores públicos
presentes y quedarán en custodia del Secretario de Actas y Acuerdos del Comité, la que informará en
dicho acto la fecha, lugar y hora en que se llevará a cabo;
III.
Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura y se desecharán las
que hubieran omitido alguno de los requisitos exigidos;
IV.
El Secretario Técnico y el Secretario de Actas del Comité rubricarán las partes de las propuestas que
previamente haya determinado la convocante en las bases de licitación, las que para estos efectos constarán
documentalmente, debiendo enseguida dar lectura al importe total de cada una de las propuestas; y
V.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las
proposiciones, en la que se hará constar las propuestas aceptadas para su posterior evaluación y el
importe de cada una de ellas, así como las que hubieran sido desechadas y las causas que lo
motivaron; el acta será firmada por los integrantes del Comité así como, en su caso, por los licitantes
que asistan, entregándoseles copia de la misma; la falta de firma de algún licitante no invalidará su
contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para
efectos de su notificación. Las propuestas serán devueltas transcurridos diez días hábiles contados a
partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo de la licitación.
Artículo 55.- El Secretario Técnico del Comité, como área responsable del procedimiento de adjudicación,
elaborará un informe ejecutivo que se compondrá de los siguientes aspectos:
I.
El dictamen resolutivo financiero, que deberá emitir el Secretario Ejecutivo del Comité, que contenga la
determinación sobre la solvencia financiera de las propuestas presentadas;
II.
El dictamen resolutivo técnico debidamente motivado, emitido por el Secretario Técnico del Comité, en
el cual se hará constar la determinación sobre la solvencia técnica de las propuestas presentadas;
III.
El dictamen económico, emitido por la Dirección de Finanzas, que contenga la determinación sobre la
solvencia financiera del Poder Judicial de Tamaulipas en base a su propio presupuesto;
IV.
El desarrollo del procedimiento de licitación incluyendo las incidencias que, en su caso, se hayan
presentado; y