Periódico Oficial
Victoria, Tam., martes 1 de diciembre de 2020
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Bolívar, C.P. 89000, Zona Centro, de Tampico Tamaulipas;
así mismo se le tiene designando como su abogado
patrono al Licenciado Juan Eduardo Cavazos Gómez, en
términos del artículo 68 Bis del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado.- Se hace del conocimiento de
las partes, que en atención a la reforma publicada en el
Periódico Oficial del Estado, Decreto N° LXI-909, de fecha
veinticinco de septiembre de dos mil trece, respecto a la
fracción II, del artículo 4°, 126 bis y 252 Bis, del Código de
Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el Supremo
Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas ha
implementado en este Segundo Distrito Judicial, como una
solución de conflictos La Mediación, contando con la
Unidad Regional de Mediación del Supremo Tribunal de
Justicia, ubicado en la planta alta de este mismo edificio,
donde se les atenderá en forma gratuita, si así conviene a
sus intereses con el fin de regular la mediación y
conciliación entre las partes en conflicto como un
procedimiento alternativo para solucionar conflictos
interpersonales de manera pronta haciéndole saber que
este procedimiento alternativo no lo exime de dar
contestación a la demanda y demás obligaciones
procesales derivadas del Juicio, hasta en tanto no se
decrete judicialmente la suspensión del procedimiento.- Así
y con fundamento en los artículos 1, 248, 249, 250 del
Código Civil para el Estado de Tamaulipas, y los artículos
2, 4, 23, 40, 52, 66, 68, 108, 172, 173, 195 fracción XII,
226, 227, 228, 229, 247, 248, 251, 252, 255, 257, 259, 462,
463, 464, 465, 466, 467, 468, 559, 561, 562 y demás
aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en
el Estado de Tamaulipas.- Notifíquese personalmente a la
parte demandada.- Lo acordó y firma la Licenciada Teresa
Olivia Blanco Alvizo, Jueza Sexto de Primera Instancia de
lo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado,
habilitada en funciones de Materia Civil, de conformidad
con el Acuerdo Plenario N° 23, de fecha veinte de octubre
del dos mil dieciséis, emitido por el Pleno del Consejo de la
Judicatura del Estado, quien actúa con el Licenciado Mario
Enrique Cedillo Charles, Secretario de Acuerdos que
autoriza y da fe de lo actuado.- DOY FE.- Secretario de
Acuerdos.- Jueza.- Lic. Mario Enrique Cedillo Charles.- Lic.
Teresa Olivia Blanco Alvizo.- Enseguida se publicó en
lista.- Conste.
AUTO INSERTO
Razón de Cuenta.- Altamira, Tamaulipas, a los catorce
días del mes de febrero del año dos mil veinte, los
suscritos Licenciada Ayerim Guillén Hernández Secretaria
Proyectista y Licenciado Roberto Ortega Ordoñez Oficial
Judicial “B”, Testigos de Asistencia, damos cuenta al
Secretario de Acuerdos del Juzgado, del escrito
presentado por la C. BLANCA ESTELA CERVANTES
PÉREZ, en fecha doce del presente mes y año, ante la
Oficialía Común de Partes, para los efectos conducentes.
ACUERDO
Altamira, Tamaulipas, a los catorce días del mes de
febrero del año dos mil veinte.- Visto la razón de cuenta,
téngase por presente a la C. BLANCA ESTELA
CERVANTES PÉREZ, compareciendo dentro de los autos
que integran el Expediente Número 01251/2018, haciendo
las manifestaciones a que se contrae en el mismo, por lo
que analizado su contenido y así como el estado de autos,
tomando en consideración que de los informes rendidos
por diversas autoridades se aprecia que no fue posible
localizar a la parte demandada el C. JOSÉ GERARDO
ECHEVERRÍA VEGA, y al ignorarse el domicilio actual del
demandado, ha lugar acordar de conformidad lo
peticionado, se ordena emplazar a Juicio al C. JOSÉ
GERARDO ECHEVERRÍA VEGA, por medio de edictos
que se publicarán en el Periódico Oficial del Estado y en un
diario de los de mayor circulación, por TRES VECES
consecutivas, y se fijarán además en los Estrados de éste
Juzgado, haciéndosele saber a dicho demandado que
deberá presentar su contestación dentro del término de
Sesenta días, contados a partir de la fecha de la última
publicación, haciéndole saber que las copias de la
demanda se encuentran a su disposición en la Secretaria
de este Juzgado.- Asimismo prevéngasele de la obligación
que tiene de designar domicilio en este Segundo Distrito
Judicial, apercibiéndole que en caso de no hacerlo las
subsecuentes notificaciones se le realizaran conforme a lo
ordenado en el artículo 66 del Código de Procedimientos
Civiles en vigor para el Estado.- En la inteligencia de que si
se llegare a proporcionar el domicilio actual del demandado
se dejará sin efectos el emplazamiento por edictos
ordenado en el presente proveído, agréguese a sus
antecedentes el escrito de cuenta para que surta los
efectos legales a que haya lugar.- Lo anterior con
fundamento en los artículos 2, 4, 23, 40, 63, 66, 67 fracción
VI y VII, 105, 108, 557 del Código de Procedimientos
Civiles vigente en el Estado.- Notifíquese.- Lo acordó y
firma el Licenciado Mario Enrique Cedillo Charles
Secretario de Acuerdos encargado del Despacho por
Ministerio de Ley, del Juzgado Sexto de Primera Instancia
de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado,
habilitado en funciones de Materia Civil, de conformidad
con el Acuerdo Plenario N° 23, de fecha veinte de octubre
del dos mil dieciséis, emitido por el Pleno del Consejo de la
Judicatura del Estado, quien actúa con Testigos de
Asistencia, los suscritos Licenciada Ayerim Guillén
Hernández Secretaria Proyectista y Licenciado Roberto
Ortega Ordoñez Oficial Judicial “B”, quienes autorizan y
dan fe de lo actuado.- Damos Fe.- Secretario de Acuerdos
encargado del Despacho por Ministerio de Ley.- Lic. Mario
Enrique Cedillo Charles.- Testigo de Asistencia.- Testigo de
Asistencia.- Lic. Ayerim Guillén Hernández.- Lic. Roberto
Ortega Ordoñez.- Enseguida se publicó en lista.- Conste.
Ordenándose a emplazar a el C. JOSÉ GERARDO
ECHEVERRÍA VEGA por medio de edictos que debieran
de publicarse por TRES VECES CONSECUTIVAS, tanto
en el Periódico Oficial del Estado y en el periódico de
mayor circulación matutino de la ciudad de Tampico,
Tamaulipas, así como en los Estrados de este Juzgado a
fin que dentro de un término de sesenta días, contados a
partir de la fecha de la última publicación ordenada, se
apersone a este Juzgado a producir su contestación, si
para ello tuviere excepciones legales que hacer valer
contra de la misma.- Para lo anterior se expide el presente
a los diecinueve días de febrero del dos mil veinte.- DOY
FE.
Altamira, Tamaulipas, a 19 de febrero de 2020.-
Secretario de Acuerdos, LIC. MARIO ENRIQUE CEDILLO
CHARLES- Rúbrica.
4379.- Diciembre 1, 2 y 3.- 1v3.