Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 09 de diciembre de 2020
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Así lo acordó el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, con el voto que por unanimidad emitieron el
Magistrado Presidente Horacio Ortiz Renán, y Consejeros Dagoberto Aníbal Herrera Lugo, Raúl Robles
Caballero, Jorge Alejandro Durham Infante y Ana Verónica Reyes Díaz; quienes firman ante el Secretario
Ejecutivo, licenciado Arnoldo Huerta Rincón, que autoriza. Doy fe. SEIS FIRMAS ILEGIBLES. RÚBRICAS.
Asimismo, se acompaña la convocatoria aludida en el auto inserto, para los efectos legales a que haya lugar.
Cd. Victoria, Tam, a 2 de Diciembre de 2020.- ATENTAMENTE.- EL SECRETARIO EJECUTIVO.- LIC. ARNOLDO
HUERTA RINCÓN.- Rúbrica.
CONVOCATORIA PARA ASPIRANTES A INTEGRAR Y ACTUALIZAR LA LISTA OFICIAL DE PERITOS
AUXILIARES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE
TAMAULIPAS, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
En cumplimiento al acuerdo de fecha primero de diciembre de dos mil veinte, del Pleno del Consejo de la
Judicatura del Estado de Tamaulipas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114, apartado B, fracción
XXII de la Constitución Política del Estado, así como 6 fracción II y 122 fracción XXIV, de la Ley Orgánica del
Poder Judicial del Estado y artículos 6, 8, 9 y 19 del Reglamento de Peritos Auxiliares de la Administración de
Justicia del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, para conocimiento general, se emite la presente:
C O N V O C A T O R I A
Dirigida a especialistas con conocimientos en alguna rama o especialidad científica, tecnológica, artística o
práctica, para participar en el procedimiento tendente a integrar y actualizar la Lista Oficial de Peritos Auxiliares
de la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado.
Por su parte, ante la contingencia, derivada del virus SARS-CoV-2, distintas autoridades federales y estatales
han adoptado diversas medidas concernientes a mitigar los efectos que impactarían en la salud pública del país,
en ese sentido el Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Salud, el veintidós de noviembre del
presente año, publicó en el Periódico Oficial, el Acuerdo mediante el cual se determina los municipios que
continúan en la Fase II, los municipios que avanzan a la Fase III; y, se establecen los Lineamientos de Seguridad
Sanitaria y de Salud para la reapertura gradual y responsable de las actividades económicas no esenciales para
contener la pandemia provocada por el VIRUS SARS-COV2 (COVID-19) en el Estado.
En ese sentido, ante los números (variables) de casos de Covid-19 y los escenarios cambiantes (de acuerdo a
las circunstancias del día a día) de las fases establecidas en los Acuerdos de las autoridades sanitarias, tanto
federales como estatales y de conformidad con el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, toda persona tiene derecho a la protección de la salud, es decir, la protección de la salud es un
derecho fundamental con el que cuentan todos los ciudadanos y que, dentro de sus competencias, las
autoridades deben promover, respetar, proteger y garantizar esta garantía, con relación al propio precepto 1°
constitucional, se estima pertinente tomar las medidas correspondientes, por ende, el Consejo de la Judicatura
determinó que en esta ocasión las solicitudes de los aspirantes a integrar y actualizar la lista oficial de peritos
auxiliares de la administración de justicia del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, correspondiente al año
dos mil veintiuno, serán recibidas exclusivamente de manera electrónica mediante el sistema que para tal efecto
se dispondrá en el portal electrónico de esta Judicatura, y en los casos en los que se deban adjuntar documentos
a dichas solicitudes deberán ser enviados por mensajería o correo certificado. Lo anterior a fin de que el Consejo
de la Judicatura cuente con los elementos idóneos para verificar que además de reunir los requisitos que
legalmente se exigen, cumplan con el perfil y conocimientos necesarios, para formular la citada lista oficial de
peritos a que hacen referencia los artículos 6, 8 y 9 del Reglamento de Peritos Auxiliares de la Administración de
Justicia del Poder Judicial del Estado.
Una vez lo anterior, la presente Convocatoria se regirá conforme a las siguientes:
BASES
PRIMERA.- OBJETO: Convocar a quienes estén capacitados (as) para ejercer en alguna rama o especialidad
científica, tecnológica, artística o práctica y que deseen formar parte de la Lista Oficial de Peritos Auxiliares de la
Administración de Justicia, así como actualizar los expedientes de aquellos especialistas que ya forman parte de
la citada lista, a efecto de poder fungir como peritos auxiliares ante los órganos jurisdiccionales del Estado o por
petición de parte en juicio. Sin que por ello adquieran el carácter de servidores públicos, ni su registro otorgue
constancias o certificación alguna de sus conocimientos, por parte de este Poder Judicial.
La integración de la lista a que se refiere la presente convocatoria, tiene como propósito exclusivo el apoyo a los
órganos del Poder Judicial del Estado o por petición de parte en juicio, bajo el sistema de honorarios previsto en
la ley aplicable, por lo que sólo éstos podrán tener acceso a la información correspondiente de los expertos
registrados.