Victoria, Tam., jueves 10 de diciembre de 2020
Periódico Oficial
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mecanismos para el desarrollo de la audiencias mediante
videoconferencia, derivado de la contingencia y
emergencia sanitaria; como lo solicita, se le tiene
proporcionando cuenta de correo electrónica a efecto de
que estar en posibilidades de contar con los mecanismos
necesarios para el desarrollo de la dicha audiencia de
remate y las subsecuentes, que se programen en este
asunto, o cuando así lo amerite este Juzgador; siendo el
usuario solicitante: collectdemexico.reynosa@gmail.com;
así como en su caso la parte demandada y el postor o
postores que señalen correo electrónico para la cual la
autoridad de registro en fecha veinticuatro de septiembre
del año dos mil veinte, enviará los mensajes
correspondientes al correo de los usuarios solicitantes con
un manual explicativo para que en su computadora (con
cámara y micrófono) accedan al software de video
conferencia Zoom, en la que se realizara la
“Videoconferencia de autentificación de identidad” entre la
autoridad de registro y el usuario solicitante, y por último el
enlace para que se lleve la video conferencia conforme a
su petición como lo es la audiencia de remate.- En ese
sentido, para el caso de que alguna persona tenga la
intención de ocurrir como postor a la audiencia de remate,
sin que sea parte en este asunto, una vez reunidos que
sean los requisitos que establece la ley para el trámite de
remate, deberá con la anticipación debida, ocurrir ante este
Juzgado a solicitar su participación como tal,
proporcionando una cuenta de correo electrónico y así
estar en posibilidades de que pueda acceder al Tribunal
Electrónico para que a través de videoconferencia participe
como tal.- En la inteligencia de que dicho remate se llevara
a cabo en el local que ocupa este Juzgado, el cual se
encuentra ubicado en el Boulevard del Maestro número
2265 dos mil doscientos sesenta y cinco de la colonia
Módulo Dos Mil de esta ciudad de Reynosa, Tamaulipas.
ATENTAMENTE.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.
Cd. Reynosa, Tam., a 11 de noviembre del año 2020.-
El C. Secretario de Acuerdos, LIC. ADÁN MARQUÉZ
SEGURA.- Rúbrica.
4369.- Diciembre 1 y 10.- 1v2.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Familiar.
Quinto Distrito Judicial.
Cd. Reynosa, Tam.
CONVOCANDO A HEREDEROS Y ACREEDORES.
Por auto de fecha veintisiete de octubre del año en
curso la Licenciada Perla Patricia Hernández Quintero,
Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar, ordenó
la radicación del Expediente Número 00554/2020, relativo
al Juicio Sucesorio Testamentario a bienes de
GUADALUPE RENE RIVERA ARGUELLES, denunciado
por ROSALINDA VALDEZ LÓPEZ, y la publicación de
edictos por DOS VECES de diez en diez en el Periódico
Oficial del Estado y en uno de los diarios de mayor
circulación de la localidad, convocando a quienes se
consideren con derecho a la herencia, así como a los
acreedores, para que se presenten a Juicio a deducirlo a
una junta que se verificará en este Juzgado dentro del
octavo día siguiente a la publicación.- Lo anterior con
fundamento en los artículos 772, 781, 782 y 783 del
Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
ATENTAMENTE.
Cd. Reynosa, Tam., a 28 de octubre de 2020.- Con
Firma Electrónica de la Secretaria de Acuerdos, en
atención a lo establecido en los artículos 3 fracción XIV, y
4.1 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada para el
Estado de Tamaulipas (se anexa constancia de Firma
Electrónica).- LIC. SANJUANA LÓPEZ VARGAS.-
Secretaria de Acuerdos.
4370.- Diciembre 1 y 10.- 1v2.
E D I C T O
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Quinto Distrito Judicial.
Cd. Reynosa, Tam.
CONVOCANDO A POSTORES
El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Titular
del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del
Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la
ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha
dieciséis de octubre del año dos mil veinte, dictado dentro
del Expediente Número 00714/2017, relativo al Juicio
Especial Hipotecario, promovido por el INSTITUTO DEL
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES, en contra de VÍCTOR MANUEL LEYVA
MARTÍNEZ, ordenó sacar a remate en pública subasta y
en primera almoneda, el bien inmueble propiedad de la
demandada ubicado en: Avenida Cordillera número 906,
manzana 55, lote 68, del Fraccionamiento Balcones de
Alcalá de esta ciudad, con una superficie de con una
superficie de 102.00 metros cuadrados de terreno, y 33.94
metros cuadrados de construcción, con las siguientes
medidas y colindancias: AL NORTE: en 17.00 M.L. con lote
66, AL SUR: en 17.00 M.L. con lote 70, AL ESTE en 6.00
M.L. con Avenida Cordillera, AL OESTE: en 6.00 M.L. con
lote 67.- Dicho inmueble se encuentra Inscrito en el
Registro Público de la Propiedad en el Estado actualmente
Instituto Registral y Catastral del Estado de Tamaulipas,
bajo la Finca Número 142842, de ciudad de Reynosa,
Tamaulipas; se ordena sacar a remate el mismo en pública
almoneda en la suma de $227,000.00 (DOSCIENTOS
VEINTISIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)
valor avalúo, siendo postura legal la que cubran las dos
terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la
cantidad de $151,133.33 (CIENTO CINCUENTA Y UN MIL
CIENTO TREINTA Y TRES PESOS 33/100 MONEDA
NACIONAL), en la inteligencia de que, para poder
participar algún postor al remate en cuestión, éste deberá
cubrir en términos del artículo 702 fracción IV, y 703
fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en
el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base
para el presente remate y que resulta ser la cantidad de:
$30,266.66 (TREINTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y
SEIS PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL), para tal
efecto publíquense edictos por DOS VECES de siete en
siete días hábiles en el Periódico Oficial del Estado y en
uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad,
comunicando aquellos que deseen tomar parte en la
subasta que previamente deberán depositar conforme al
manual de certificados de depósito emitido por el Consejo
de la Judicatura del Estado, el 20% (veinte por ciento) del
valor que sirva en base para el remate del bien, mostrando
al efecto el certificado correspondiente ante este Juzgado,
sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito
en sobre cerrado, que se abrirá en el momento en que