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GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
11 de diciembre de 2020
2. Recurso de inconformidad.
Se podrá interponer, además, el recurso de inconformidad previsto en los artículos 108 a 128 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, ante la Titular de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social del Gobierno de la
Ciudad de México, dentro de los siguientes 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al en que surta sus efectos la
notificación de la resolución que se recurra, o de que el recurrente tenga conocimiento de la resolución.
3. Conductas discriminatorias.
Queda prohibido cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras
públicas en la implementación y seguimiento de la presente convocatoria. La violación a esta disposición será sancionada
conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas podrán acudir al Consejo para Prevenir para
Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) para su investigación.
V. DISPOSICIONES GENERALES.
La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social, a través de la Coordinación de Migrantes, es la instancia competente para
resolver lo no previsto en la presente Convocatoria, así como, para los aspectos relacionados con su aplicación y la
operación de la actividad que se desarrolla.
La constancia de inscripción en el Padrón de Huéspedes y Migrantes en Retorno se actualizará cada año.
Sólo podrán ingresar una solicitud de inscripción al Padrón de Huéspedes y Migrantes en Retorno por persona. Si durante el
proceso se detecta que una misma persona ingresó solicitudes en más de dos ocasiones, se cancelará la segunda solicitud de
ingreso y se le informará la causal de su anulación.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. - Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su debida observancia y aplicación.
SEGUNDO.- El presente Aviso entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México a 4 de diciembre de 2020
(Firma)
DOCTORA ALMUDENA OCEJO ROJO
SECRETARIA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL
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