11 de diciembre de 2020
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
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SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL
Mtra. Nora Elsa Castillo García, Directora General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Inclusión y
Bienestar Social de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; artículo 129 fracción IX del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de
la Ciudad de México, Articulo Segundo del Acuerdo por el que se Delega en las personas titulares de la Coordinación
General de Inclusión y Bienestar Social, y de la Dirección General de Administración y Finanzas, de la Secretaría de
Inclusión y Bienestar Social, las facultades que se indican, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 12 de
abril de 2019; 4, 71 y 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; y,
C O N S I D E R A N D O
La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México, para el ejercicio de los recursos que le son asignados
cada anualidad, debe observar los principios de una administración operativa, eficiente y eficaz, basada en principios de
transparencia y racionalidad para lo cual se requiere de bienes y servicios que permitan el cumplimiento de los fines
institucionales.
La Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, así como demás normatividad aplicable en materia de
adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios, autorizan la habilitación de días conforme a las necesidades para
realizar los procesos y procedimientos inherentes a la adquisición de bienes y contratación de servicio.
La Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México, por conducto de la Dirección General de
Administración y Finanzas, llevará a cabo diversos procesos que deben ejecutarse en el presente ejercicio fiscal con apego a
los tiempos que la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y su respectivo Reglamento, prevén y es indispensable
contar con la presencia de las personas servidoras públicas así como de los particulares y licitantes que participan en dichos
procedimientos administrativos con el fin de garantizar su operación, por lo que es necesario habilitar las veinticuatro horas
del día sábado y domingo que se indican del año en curso con el fin de que puedan ser desahogadas todas las acciones que
conforman los procesos de convocatoria de Licitación Pública Nacional, para efecto de realizar la junta de aclaraciones, por
lo que tengo a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS INHÁBILES, PARA REALIZAR LOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS INHERENTES A PROCESOS DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS EMERGENTES POR COVID-19.
Único. Se habilitan las horas comprendidas de las 00:00 a las 23:59 de los días 12 y 13 de diciembre del año dos mil veinte,
para la ejecución de los actos jurídicos y administrativos relativos a las convocatorias de Licitación Pública Nacional, a
efecto de realizar la junta de aclaración de bases de los procedimientos con motivo de la adquisición de bienes y servicios
necesarios para continuar con el apoyo a las personas afectadas por el virus COVID-19 en la Ciudad de México.
T R AN S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CIUDAD DE MÉXICO, A 08 DE DICIEMBRE 2020.
(Firma)
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MTRA. NORA ELSA CASTILLO GARCÍA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
EN LA SECRETARÍA DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL