8 de diciembre de 2020
LA SOMBRA DE ARTEAGA
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5.
Que en lo que corresponde a la legislación mexicana, en el artículo 4o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos se señala que la Ley debe de proteger la organización y el desarrollo de las familias.
Así mismo, de manera expresa, establece el derecho a la vivienda digna. Por lo tanto, más que presentar un
derecho reconocido específico, el propósito es el de mostrar a la familia como comunidad con derechos y
obligaciones.
No está de más citar también lo que establece el artículo 1o. de la misma Carta Magna, en el que se señala que
en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocido en esta
Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías
para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse salvo en los casos y bajo las condiciones
que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los
tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
6.
Que por su parte la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes reconoce para este grupo
de personas el derecho a vivir en familia, de igual manera lo hace la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes del Estado de Querétaro en su Capítulo Quinto en el apartado
“Del derecho a vivir en familia”,
debido a sus condiciones y necesidades particulares, así como por su riesgo de vulnerabilidad.
7.
Que en suma, el derecho internacional y el mexicano reconocen la importancia de la familia en sí misma.
Los ordenamientos anteriormente mencionados han reconocido a la familia como núcleo fundamental de la
sociedad; con ello se formaliza la importancia de la familia como un derecho universal para todo ser humano en
cuanto a conformar la propia y la obligatoriedad del Estado y de su comunidad de poner a su alcance los
elementos fundamentales para su adecuado desarrollo. Asimismo, los individuos tienen derecho a desarrollar y
conservar su familia.
8.
Que la acción de la protección de la familia como unidad social a la comunidad y al Estado, conlleva a
reconocer su trascendencia como elemento fundamental en el desarrollo social e individual de los seres humanos.
9.
Que de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Hogares 2017, realizada por el INEGI, el 88.6 % de
los hogares en México eran familiares. En Querétaro, el porcentaje de hogares familiares reportados en la
encuesta alcanzó el 89.4 %. Lo que implica que la situación de las familias en sus hogares impacta a un porcentaje
muy amplio de la población, por lo tanto, además de la reafirmación del impulso al desarrollo de cada individuo,
la familia es una comunidad que aporta a la sociedad en su conjunto.
10. Que las personas en estos hogares familiares enfrentan una vida diaria con todo lo que implica, por lo que
experimentan carencias sociales y económicas; realizan actividades de trabajo y de hogar y asisten a la escuela
cuando les es posible, con base en ello, resulta interesante lo que la
“Encuesta Nacional de Ocupación del
Tiempo 2014
” reportó, pues en ella se afirma que por cada cinco horas a la semana que las personas mayores
de doce años dedican a actividades productivas, solamente dedican alrededor de 12 minutos a cuestiones del
hogar. Este poco tiempo dedicado a la familia se da principalmente al cuidado de personas vulnerables.
11. Que son las mujeres quienes dedican mayor cantidad de tiempo a la familia y al cuidado de ésta. Si la
referencia y meta es la igualdad de derecho entre hombres y mujeres y el interés superior de los menores,
entonces saltan a la vista la corresponsabilidad paterna y materna. Por una parte, la corresponsabilidad implica
una adecuada participación de ambos progenitores en el desarrollo de sus hijos, hecho que va de la mano con el
derecho de la niñez a vivir, en la medida de lo posible, con ambos progenitores.
12. Que la realidad de las familias es la realidad de una gran cantidad de individuos. Por ello, mejorar las
capacidades familiares con políticas públicas para la familia beneficiaria la situación de un gran número de
individuos. En consecuencia, es necesario impulsar un adecuado equilibrio entre vida laboral y la familiar, para
que los beneficios únicos que ofrece la familia a sus miembros sean potenciados. De igual manera, es importante
impulsar la corresponsabilidad de padres y madres con relación al cuidado de los miembros de la familia. Esto
último resaltaría el hecho innegable de la igualdad de dignidad entre hombres y mujeres y todas las atenciones
en conjunto contribuirían a generar un ambiente de más paz y justicia en las familias, evitando violencia,
promoviendo las capacidades de sus miembros y facilitando la convivencia en el hogar.