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PERIÓDICO OFICIAL
19 de diciembre de 2020
TIPO DE ACTIVIDAD /
ESTABLECIMIENTO
ESCENARIO C
9
Restaurantes y/o Cafeterías, incluye
restaurantes en viñedos.
Hasta las 20:00 horas de lunes a sábado, con un 50% de ocupación y los
domingos permanecerá cerrados al público, únicamente se permite servicio a
domicilio.
Centros nocturnos: Casinos,
cantinas y bares.
Suspensión de actividades.
Venta de Bebidas Alcohólicas: en
envase cerrado o para consumo en el
sitio (de acuerdo con la Licencia
correspondiente)
Hasta las 20:00 horas de lunes a viernes, los sábados y domingos estará
suspendida.
Hoteles y moteles
50% de ocupación en habitaciones, 50% de aforo en espacios comunes.
Salones de eventos aforo al 30%, observando lineamientos de “Eventos
masivos”. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y
horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros Nocturnos”, así
como la “Venta de Bebidas Alcohólicas”. Excepto en domingo donde los
centros de consumo serán única y exclusivamente para los huéspedes
registrados.
Centros de entretenimiento: Cines,
teatros, museos, galerías, academias
y eventos culturales de hasta 500
localidades.
Suspensión de actividades.
Centros Religiosos: iglesias,
templos, sinagogas, mezquitas, etc.
25% de ocupación
Eventos masivos y centros
recreativos: salones de eventos,
conciertos, parques de diversiones,
balnearios y ferias.
Prohibición de eventos masivos y/o sociales (bodas, bautizos, fiestas, etc.)
mayores de 25 personas. Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla
con la sana distancia de 1.5mts entre cada asistente y uso de cubre boca,
debiendo finalizar a las 20:00 horas, del día de su celebración.
Los conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias están suspendidos